
San José, 6 mar (elmundo.cr)- Consejo Institucional del TEC desaprueba el decreto presidencial que creó la Unidad Presidencial de Análisis de Datos (UPAD).
El Consejo Institucional (CI) considera que «La disposición del artículo 7 del Decreto Presidencial 41996-MP-Mideplan fue señalada como violatoria del derecho a la intimidad que garantiza la Constitución Política de la República de Costa Rica, por permitir el acceso de la UPAD a datos confidenciales».
Asimismo, el CI señala que «tras la derogatoria de la UPAD hay dudas sobre la intencionalidad de éste, una situación que debe ser esclarecida dada la gravedad que conlleva cualquier acción de gobierno que comprometa el respeto irrestricto de los derechos fundamentales que garantiza la constitución».
«Las investigaciones que están en curso, tanto las realizadas por la Fiscalía General de la República como en la Asamblea Legislativa, deben llegar hasta las últimas consecuencias, determinando si en el tiempo que funcionó la UPAD en Casa Presidencial incurrió en algún acceso irregular, o uso abusivo, en el manejo de datos sensibles o si se cometió algún tipo de delito, de manera que las instancias judiciales pertinentes puedan establecer las responsabilidades correspondientes y dictar las sanciones que eventualmente correspondan», manifestó el CI.
Por otro lado, el Consejo Institucional del TEC acordó «manifestar total desaprobación a todo intento, de instancias gubernamentales o de cualquier otro carácter, de irrespetar los derechos fundamentales que garantiza la Constitución Política de la República de Costa Rica»
«Expresar al presidente, con el respeto que su alta investidura merece, la indignación que ha provocado a este Consejo, la emisión del Decreto Presidencial 41996-MP-Mideplan, por atentar contra el principio de intimidad que garantiza la Constitución Política de la República de Costa Rica», agregó el CI.
Por último, el Consejo Institucional del TEC afirma que «instar a la Fiscal General de la República de Costa Rica, Emilia Navas Aparicio, a que, en el ejercicio de su cargo, profundice en las investigaciones necesarias y pertinentes que indaguen con el mayor nivel de profundidad que la oportunidad permita, por los presuntos delitos de violación de datos personales, abuso de autoridad o prevaricato por el dictado del Decreto Presidencial 41996-MP-Mideplan o por el funcionamiento de hecho de la UPAD».