San José, 15 nov (elmundo.cr) – El Consejo Nacional de Personas con Discapacidad (Conapdis), advirtió que ampliar vida útil de autobuses, es “una violación directa a los derechos de las personas con discapacidad”, haciendo referencia al Proyecto de Ley, expediente número 22530 Ley para la Protección del Sector Autobusero Nacional ante la Crisis Sanitaria, Social y Económica provocada por el Covid-19.
Ante esto el Consejo Nacional de Personas con Discapacidad (Conapdis), rector en la promoción y defensa de los derechos de las personas con discapacidad, manifiesto “su oposición al proyecto de ley número 23550, en virtud de que violenta el derecho de las personas con discapacidad y del público usuario de autobuses, al disfrute de unidades de transporte público accesibles y seguras”.
“Desde la creación de la Ley número 7600 en 1996, se le han realizado varias reformas sobre el tema de transporte público, siendo el último en el año 2006 con la modificación del artículo 46 bis, que indica: “El Consejo de Transporte Público y el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) no permitirán la circulación de autobuses de ruta en el servicio de transporte público, después de transcurridos quince años de su fabricación; este plazo es improrrogable”. (Resaltado no del original)”, recordaron.
Para el ente “la ampliación de plazos propuesta a cinco años más no es proporcional ni razonable, ya que el Estado ha otorgado ya 26 años para que el sector transporte en la modalidad autobús regular realizara las mejoras y 15 años desde el cambio efectuado en el año 2006”.
Asimismo resaltaron que “el MOPT y el sector concesionario, han tenido un plazo amplio para su cumplimiento”.
“Además, las personas concesionarias han sido conocedoras de la vigencia de la ley 7600 y aceptaron a obligarse a cumplir los requerimientos de accesibilidad, la cual comprende a su vez, la renovación de las unidades”, pronunciaron.
Asimismo hicieron hincapié en que “no se evidencia que la población con discapacidad haya sido debidamente consultada por la Asamblea Legislativa respecto a este proyecto de ley. Lo anterior representa una violación directa a sus derechos y una posible inconstitucionalidad por el procedimiento y, por el fondo, al tratar de obligar que las personas con discapacidad y a la población usuaria en general, utilicen unidades de transporte no accesibles, contrariando las disposiciones de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad”.
Adicionalmente, “la ampliación del plazo de vida útil de los buses de 15 a 20 años es contraria al avance en materia ambiental y, por consecuencia podría tener incidencia en la afectación al derecho al ambiente sano y equilibrado, establecido en el artículo 50 de la Constitución Política”, añadieron.
“El Conapdis insta respetuosamente a las señoras diputadas y a los señores diputados a considerar este criterio en el análisis y decisión sobre este proyecto de ley, para que sea acorde con el marco jurídico de derechos de las personas con discapacidad, el derecho al ambiente sano de toda la población; así como la observancia a los principios de derechos humanos, como el de progresividad, en el sentido que no cabe legislación en sentido contrario a derechos reconocidos, los cuales se constituyen en un parámetro ineludible para el proceso de formación de las leyes”, agregaron.
“¡No retrocedamos en materia de derechos humanos y desarrollo del país!”, concluyeron.