Conadeco celebra fallo que anula entrega irregular de ruta autobusera a Grupo Caribeños

San José, 22 ago (elmundo.cr) – La Confederación Nacional de Asociaciones de Desarrollo Comunal (Conadeco) celebró el fallo TAT-4156-2024, emitido por el Tribunal Administrativo de Transporte, en relación con el caso ruta 1501 San José-Bolsón y viceversa.

El Tribunal Administrativo de Transporte calificó de irregular la adjudicación de esta ruta por parte del MOPT a una empresa vinculada con el conglomerado autobusero Caribeños, por lo que fue anulada.

Así consta en la Sentencia TAT-4156-2024, emitida por dicho Tribunal este 1º de agosto, la cual, además, agota la vía administrativa en lo relacionado con las decisiones del sector de transporte público. Los jueces le ordenan al CTP volver el proceso al momento en que se debieron de analizar las ofertas de varias empresas interesadas en participar tras una invitación de la entidad.

Ante esto, Conadeco indicó que “aplaudimos la decisión de los señores jueces de reconocer la importancia de la participación ciudadana, en la solución de la problemática de transporte público en la ruta 1501 de anterior cita a la cuál le asiste un derecho constitucional, articulo 9 de la carta magna, resaltando la importancia del valor que ello significa en nuestra democracia”.

“Solicitamos como coadyuvantes del proceso de manera vehemente a la Junta Directiva del Consejo de Transporte Público, la implementación inmediata de dicha resolución, la cual consideramos una reivindicación de las comunidades del distrito de Bolsón y de la legalidad institucional, al darnos la razón en todos los extremos, determinando la necesidad de mantener el sistema operativo autorizado de dos autobuses”, sostienen.

Asimismo, lamentan las declaraciones externadas por el viceministro de Transporte, Lic. Carlos Ávila Arquín, que cuestiona e interpreta indebidamente el fallo.

“Subestimando la participación comunal y al mismo tiempo desnaturalizando las condiciones operativas en perjuicio directo del interés público aspecto que debe primar para garantizar la satisfacción del servicio público aquí mencionado, aún no satisfecho”, concluyó.

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