San José, 22 oct (elmundo.cr) – La Comisión de la Mujer de la Asamblea Legislativa aprobó este miércoles 21 de octubre un texto sustitutivo que elimina la anticoncepción de emergencia de los servicios mínimos contemplados en el proyecto de ley que busca garantizar la atención integral de víctimas de violación sexual durante las primeras 72 horas posteriores a la agresión.
La modificación al expediente 23.633 se aprobó mediante la moción 137-4, con seis votos a favor y uno en contra. La única legisladora que se opuso fue Vianey Mora Vega, del Frente Amplio, quien cuestionó que se excluyera ese medicamento del protocolo de atención.
Votaron a favor Kathia Calvo Cruz —presidenta de la comisión—, Mayuli Ortega, Ana Ruth Esquivel y Kattia Mora, del Partido Pueblo Soberano (PPSO), junto con Karen Alfaro y Andrea Valverde, del Partido Liberación Nacional (PLN).
Las razones de la exclusión
Durante la discusión, la presidenta de la comisión, Kathia Calvo Cruz, reconoció expresamente que la eliminación respondió a las dudas de su fracción sobre los posibles efectos de la anticoncepción de emergencia y a las convicciones de sus integrantes respecto de la protección de la vida desde la concepción.
“Y por esa razón fue que en este texto sustitutivo se excluyó el uso de la pastilla contraceptiva”, señaló Calvo.
Calvo anunció, sin embargo, que las diputadas oficialistas se comprometieron a reincorporar posteriormente la anticoncepción de emergencia, siempre que su suministro esté condicionado a una prueba previa que determine que la víctima no está embarazada.
La legisladora explicó que la intención es permitir que el expediente avance hasta el plenario, sea aprobado en primer debate y posteriormente regrese a comisión para incorporar esa condición mediante nuevas mociones.
Ese compromiso fue respaldado por las oficialistas Kattia Mora Montoya y Ana Ruth Esquivel Medrano. La primera afirmó que la exigencia de una prueba de embarazo responde tanto a sus convicciones personales como a las discusiones sostenidas dentro de la bancada.
El voto en contra
Vianey Mora Vega, del Frente Amplio, advirtió que la exclusión elimina uno de los componentes fundamentales del protocolo de atención y defendió que prevenir un embarazo producto de una violación forme parte de la atención integral. Además, advirtió que cualquier requisito adicional debe evitar retrasos en la atención.
¿Qué cambia el texto aprobado?
El proyecto busca convertir en una obligación legal permanente el Protocolo Interinstitucional de Atención Integral a Personas Víctimas de Violación Sexual, conocido como Protocolo de las 72 horas, así como los equipos de respuesta rápida que coordinan la intervención de instituciones de salud, autoridades judiciales y organismos de protección.
El texto que tenía la comisión antes de la votación establecía expresamente, en el inciso b) del artículo 6, la anticoncepción de emergencia como uno de los servicios mínimos que debían ofrecerse a las víctimas, previa solicitud y consentimiento informado.
El texto sustitutivo aprobado elimina esa disposición y coloca en su lugar una obligación relacionada con el suministro oportuno de medicamentos para prevenir la infección por VIH después de una exposición:
“Las autoridades de salud competentes deberán garantizar el suministro oportuno de la Profilaxis Post-Exposición (PREP) a la persona víctima, con el fin de prevenir el VIH SIDA, de conformidad con los protocolos clínicos y la normativa sanitaria vigente”.
El texto contiene además una imprecisión: utiliza las siglas “PREP” en lugar de “PEP”, que corresponden a la profilaxis posterior a una exposición.
¿Qué es la anticoncepción de emergencia?
La anticoncepción de emergencia es un medicamento que previene un embarazo después de una relación sexual sin protección o de una agresión sexual. Actúa principalmente al retrasar o impedir la ovulación y no interrumpe un embarazo establecido.
La Organización Mundial de la Salud (OMS) señala que no se requiere una prueba de embarazo previa para suministrarla y recomienda administrarla cuanto antes.
Otros cambios y trámite
El texto también incorpora disposiciones sobre prevención del VIH, modifica las valoraciones médico-forenses y reorganiza la comisión que supervisa el protocolo. Además, fija un plazo de seis meses para reglamentar la ley una vez que entre en vigencia.
Las diputadas del PPSO recalcaron que la pastilla se sigue ofreciendo, pues el protocolo vigente regula su suministro. No obstante, excluirla de los servicios mínimos garantizados por la ley supone una diferencia: no es lo mismo que un servicio exista bajo un protocolo que contar con una garantía legal expresa.
El proyecto sigue ahora su trámite legislativo.