San José, 25 feb (elmundo.cr) – El nuevo Código Procesal Agrario garantiza el acceso a la justicia de las personas indígenas al establecer la obligatoriedad de traducir las resoluciones y actuaciones judiciales a sus respectivos idiomas.
El artículo 59 del código establece que, si bien el idioma oficial en los procesos judiciales es el español, en los casos que involucren a personas indígenas, se les debe informar sobre su derecho a la traducción. La omisión de esta traducción puede resultar en la nulidad de los actos procesales.
El Poder Judicial costeará los honorarios de la persona intérprete, que deberá pertenecer a la etnia indígena correspondiente. “Para evitar discriminaciones y garantizar la efectividad de la declaración, se deben adoptar las medidas necesarias según las características y necesidades de la persona indígena que va a declarar en juicio”, señala el código. Esta medida facilita la comunicación con la defensa agraria que les brinda patrocinio legal.
El juez Carlos Picado Vargas explicó que el código implementa la Carta de Derechos sobre Acceso a la Justicia de los Pueblos Indígenas, a través de la Defensa Pública Agraria gratuita, la conciliación especializada en materia indígena y peritajes culturales gratuitos.
“Los cambios, en cuanto a idioma, traducción, representación procesal y peritajes, bajo el principio de gratuidad, que caracteriza al proceso agrario, viene a garantizar un verdadero acceso a la justicia”, afirmó Picado.
El juez agregó que el código “instrumentaliza lo establecido en tratados internacionales como la mencionada Carta, así como el Convenio 169 de la OIT”. Este convenio obliga a los Estados a tomar medidas para garantizar los derechos de los indígenas.