
San José, 29 jul (elmundo.cr) – La diputada del Partido Acción Ciudadana, Carolina Hidalgo, presentó un proyecto de ley para otorgar 3 días de licencia remunerada a cualquier persona trabajadora, del sector público o privado, que sufra la muerte de un familiar de primer grado de consanguinidad.
Según señaló la legisladora “perder a una persona de nuestro círculo familiar más cercano es de los procesos más duros, por eso me parece que es un paso necesario que debemos dar. Esta reforma no solamente se consolida como una manera de atender las desigualdades en materia de condiciones que enfrentan las personas trabajadoras, sino que también se constituye como una acción en pro del resguardo y la promoción de la salud mental. Merecemos el derecho a despedir a nuestras personas amadas con dignidad, tranquilidad y respeto”.
La presentación del proyecto llamado Derecho al Duelo tiene un componente importante para el resguardo y la promoción de la la salud mental de las personas. Según datos del estudio “Salud mental y relaciones con el entorno en tiempos de COVID-19” (desarrollado por la UNED y la UNA, con apoyo de la CCSS y el Ministerio de Salud) 6 de cada 10 personas presentan síntomas relacionados con depresión, y el 32% de la población presenta afectaciones críticas de la salud mental ante la pandemia.
De igual forma, la legisladora agregó que “en todos los hogares costarricenses hemos percibido problemas en relación a la salud mental. Debemos fortalecer la atención de este tema desde un enfoque de Derechos Humanos y de prevención, atención, rehabilitación y reinserción de las personas por encima de la exclusión y la estigmatización. Permitir la recuperación y la reinserción de las personas que han pasado por dificultades con su salud mental es fundamental; esos espacios deben ser integrales”.
La defunción constituye uno de los momentos más dolorosos para el ser humano, lo cual, además de las implicaciones afectivas, redunda en una serie de aspectos que requieren atención emocional, laboral y económica e, incluso, obligan a desplazarse del lugar de residencia habitual, esto además de recursos demanda disponibilidad de tiempo.
El expediente 22.608 modifica el párrafo final del Artículo 152 del Código de Trabajo, indicando: “En el caso de fallecimiento de algún miembro de la familia en primer grado de consanguinidad, la persona trabajadora tendrá derecho a disfrutar de tres días de licencia remunerada. Sin perjuicio de normativa específica en la materia”, de forma que la medida aplicaría para personas trabajadoras públicas y privadas.