Acta de acuerdos celebrada entre CCSS y representantes sindicales

Reunidos en la Sala de Sesiones de la Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, el día doce de agosto de 2019, los representantes de gobierno encabezados por el Ministro de la Presidencia, el Ministro de Trabajo, representantes de la Caja Costarricense de Seguro Social: Presidente Ejecutivo, Gerente General y los representantes de los sindicatos institucionales que constituyen el FRENTE SINDICAL PARA LA DEFENSA DE LA CCSS, celebramos de buena fe, la presente Acta de Acuerdos, de conformidad con lo siguiente:

ACUERDO 1:

La Caja Costarricense del Seguro Social acudirá ante la sede jurisdiccional competente a interponer un proceso de lesividad relacionado con el numeral 1.1 titulado “Anualidades” y el párrafo del numeral 2.1, titulado “Incentivos, complementos, sobresueldos y pluses” del “Acta de Acuerdos celebrada entre la Caja Costarricense de Seguro Social y representantes sindicales para la implementación de la ley 9635”, firmada a las 20 horas del 20 de febrero de 2019.

ACUERDO 2: MANTENIMIENTO DE LA VIGENCIA Y EFECTOS DE LOS ACUERDOS 1.1 Y 2.1 DEL ACTA DEL 20 DE FEBRERO DEL 2019.

La Caja Costarricense de Seguro Social mantendrá la vigencia y efectos de las anteriores disposiciones del Acuerdo de partes, sean: numerales 1.1 y 2.1 del acta del 20 de febrero del 2019, hasta tanto se emita sentencia judicial, en firme, que resuelva el referido proceso.

ACUERDO 3: CARRERA PROFESIONAL

Se mantiene en su literalidad el punto número 5.1) del Acta de Acuerdos firmado el 20 de febrero de 2019.

La actualización del punto de carrera profesional se realizará de acuerdo con el Decreto Ejecutivo vigente, a partir de la segunda bisemana de setiembre de 2019, de conformidad con el punto 5 del acta de acuerdos del 20 de febrero.

Se mantiene en todos sus extremos la literalidad del punto 3 del Acta de Acuerdos firmado el 20 de febrero de 2019. El plazo de recepción de tres meses, será conocido en la próxima sesión de Junta Directiva.

En lo concerniente a los pagos de los retroactivos contemplados en el numeral 4 del Acta de Acuerdos de 20 de febrero de 2019, los sindicatos y la Gerencia General institucionales continuaran negociando. Este proceso de negociación continuará a partir de la próxima semana y hasta un plazo máximo de 6 meses.

ACUERDO 4: MANTENIMIENTO DE PAGO BISEMANAL

La Presidencia Ejecutiva hace constar que ha trabajado conjuntamente con el Poder Ejecutivo en la redacción de un proyecto de ley, con el objetivo que la Caja Costarricense de Seguro Social mantenga la modalidad de pago bisemanal de sus personas trabajadoras.

Asimismo, se hace constar que el Gobierno de la República asume el compromiso de presentar en el período extraordinario de sesiones de la Asamblea Legislativa, en curso, este proyecto de ley, cuyo compromiso hacen constar los Ministros de Gobierno que firman esta acta.

Todo de conformidad con el artículo 8 del acta suscrita el 20 de febrero de 2019.

ACUERDO 5:   INAPLICABILIDAD    DE    LA    REGLA    FISCAL    A  LA    CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

Las autoridades de la Caja Costarricense de Seguro Social y los sindicatos coinciden que la aplicación de la regla fiscal establecida en el Título IV de la ley 9635, conforme lo resuelto por la Sala Constitucional no alcanza ninguna de las partidas presupuestarias de la institución, por lo que se continuará promoviendo todas las acciones que correspondan para fortalecer los servicios de salud a toda la ciudadanía.

ACUERDO 6: AUXILIO DE CESANTIA

Las partes convienen en reactivar la discusión de este tema en procura de una resolución definitiva en plazo máximo de 30 días a este extremo, con la participación de MIDEPLAN y el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

ACUERDO 7: CUMPLIMIENTO DE LAS DEMÁS ESTIPULACIONES

Las demás estipulaciones del Acta de Acuerdos del 20 de febrero del 2019, se cumplirán conforme los términos pactados en ese documento.

ACUERDO 8:   CUMPLIMIENTO DEL ARTÍCULO 40 DE LA NORMATIVA DE RELACIONES LABORALES DE LA CCSS

En la primera semana del mes de setiembre próximo, las partes se reunirán con la finalidad de que se cumpla con la estipulación contenida en el artículo 40 de la Normativa de Relaciones Laborales, de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente.

ACUERDO 9:   POLÍTICA  Y  REGLAMENTO  DE   CONTRATACIÓN  DE SERVICIOS A TERCEROS

Las partes convenimos constituir una mesa de trabajo con el objetivo de analizar las propuestas de reforma del Reglamento de Contratación de servicios a terceros, para lo cual la institución facilitará toda la información y los insumos necesarios. La primera reunión se celebrará en el término de 15 días.

ACUERDO 10: ESTUDIO  INTEGRAL   DE   PUESTOS  DE  LA CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

La Caja Costarricense de Seguro Social realizará un estudio integral de puestos y salarios, cuyo resultado será puesto en conocimiento de la Junta Directiva en el primer semestre de 2021.

Durante el proceso de construcción de este estudio, en cada una de las etapas que correspondan, tendrán la correspondiente participación los sindicatos aquí firmantes.

Sin perjuicio de lo anterior, durante la realización de este estudio, la Institución realizará los estudios integrales de los grupos ocupacionales que resulten necesarios y así aprobados por la Junta Directiva.

ACUERDO 11: SITUACION DEL FRAP

Con la finalidad de evaluar la sostenibilidad financiera del FRAP, las partes convenimos constituir una comisión adhoc, integrada por tres representantes de los sindicatos y tres representantes institucionales, la cual tendrá como cometido analizar la situación actual y generar propuestas que las partes presentarán por escrito a la Junta Directiva de la institución.

La Caja le facilitará a esta comisión todos los insumos técnicos y materiales que requiera para cumplir eficientemente su cometido.

Esta comisión empezará a funcionar a partir del mes de setiembre próximo.

ACUERDO 12: REGLAMENTO DE CONCURSOS PARA EL NOMBRAMIENTO EN PROPIEDAD.

Se brindará una prórroga por un plazo de 30 días para la recepción de observaciones respectivas de las organizaciones sindicales.

ACUERDO 13: APLICACIÓN DEL AUMENTO SALARIAL.

El ajuste salarial correspondiente al primer semestre del 2019, junto con el retroactivo acumulado, se hará efectivo, a más tardar, en la primera bisemana de octubre del presente año.

ACUERDO 14: PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS EN PROCESO.

Los procedimientos administrativos disciplinarios que se instruyen contra varios trabajadores por su participación en la huelga contra la ahora Ley N° 9635, las autoridades de la Caja y los sindicatos acuerden someterlos a la mediación del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, quién convocará en esta semana a una reunión previa a las partes y luego les comunicará una propuesta formal y escrita tendiente a resolver la controversia.

ACUERDO 15: CLAUSULA DE PAZ LABORAL

La CCSS no ejercerá ningún tipo de sanción o represalia contra los dirigentes sindicales y las personas trabajadoras por su participación en las actividades relacionadas con este movimiento.

La Caja garantiza que aquellos funcionarios interinos que participaron en el movimiento de huelga y se vieron afectados por otros nombramientos interinos, durante la huelga, se les subsanará cualquier afectación, de forma que se les mantendrá su posición en el Registro de Elegibles -pasivo y activo- asimismo se garantizará la continuidad en los nombramientos interinos.

La Presidencia Ejecutiva brindará los espacios y el tiempo necesarios para que los trabajadores se reúnan a informar los acuerdos aquí pactados.

Los sindicatos se comprometen a suspender el movimiento de huelga, para lo cual los trabajadores se reincorporarán a sus labores en un plazo máximo de 24 horas,

asimismo se comprometen a colaborar con todas las acciones necesarias para normalizar los servicios de la institución a la mayor brevedad posible.

Asimismo, el gobierno de la República representado por el Ministro de la Presidencia y el Ministro de Trabajo y Seguridad Social serán garantes a que se cumpla, en todos sus extremos, el presente acuerdo.

Firmamos conforme en la sala de sesiones de la Junta Directiva de la CCSS, a las dieciséis hora y cuarenta minutos del once de octubre del 2019.

Por la Caja Costarricense de Seguro Social

Dr. Román Macaya Hayes Presidente Ejecutivo

Dr. Roberto Cervantes Barrantes Gerente General

Por Sindicatos

Sr. Luis Chavarria Vega Secretario General, UNDECA

Sra. Martha Elena Rodríguez González Secretaria General Adjunta, UNDECA

Lic. Lenin Hernández Navas Secretario General SINAE

Bach. Diego Garita Severino Secretario Adjunto SINAE

Dr. Edwin Solano Alfaro Presidente Unión Médica Nacional

Dr. Marvin Atención Delgado Secretario General SIPROCIMECA

Dr. Oscar Uribe Lopez Vicepresidente SINAME

Dra Jessica Sanjur Hernández Tesorera SINAME

Dr. Rodrigo López García Secretario General ANPE

Lic. Randall Granados Soto Secretario Relaciones Públicas ANPE

Bach. Jonathan Zuñiga Picado Secretario General SINASS

Lic. Alvaro Salazar Morales Secretario General AESS-FECTSALUD

Sr. Ricardo Solano Madrigal Secretario General AESS-FECTSALUD

Por Poder Ejecutivo

Lic. Víctor Morales Mora Ministro de la Presidencia

Lic. Steven Nuñez Rimola Ministro de Trabajo y Seguridad Social

 

RESERVA EXCLUSIVA DE LOS SINDICATOS: SIN PERJUICIO DE LO ESTIPULADO EN LOS ARTICULOS DE ESTA ACTA, LOS SINDICATOS REITERAMOS QUE EL ACUERDO DE PARTES CELEBRADO EL 20 DE FEBRERO DE 2019, SE AJUSTA PLENAMENTE A LAS DISPOSICIONES DE NUESTRO ORDENAMIENTO JURIDICO Y POR TANTO, DEBE MANTENERSE EL RESPETO DE LOS DERECHOS ADQUIRIDOS Y SITUACIONES JURIDICAS CONSOLIDADAS DE LAS PERSONAS TRABAJADORAS DE LA CCSS, DE CONFORMIDAD CON LO ESTIPULADO EN EL ARTICULO 34 DE LA CONSTITUCION POLITICA.

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