Una vez más, el Comité Cantonal de la Persona Joven en Pérez Zeledón (CCPJ) es condenado por la Sala Constitucional por negarse a entregar información pública. Así lo da conocer a resolución No. 2018013369 del expediente 18-011217-0007-CO de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia.
Así consta en el Por tanto de la resolución:
Se declara con lugar el recurso, sin especial condenatoria en costas, daños y perjuicios. Se le ordena a David Josué Bonilla Solís, en su condición de presidente del Comité Cantonal de la Persona Joven de la Municipalidad de Pérez Zeledón o a quien en su lugar ocupe ese cargo, abstenerse de incurrir, nuevamente, en los hechos que dieron fundamento a la estimatoria de este recurso de amparo. Se advierte al recurrido que de no acatar la orden dicha, incurrirán en el delito de desobediencia y, que de conformidad con el artículo 71 de la Ley de esta jurisdicción, se le impondrá prisión de tres meses a dos años, o de veinte a sesenta días multa, a quien recibiere una orden que deba cumplir o hacer cumplir, dictada en un recurso de amparo y no la cumpliere o no la hiciere cumplir, siempre que el delito no esté más gravemente penado.
El 20 de julio del presente año se envió por segunda vez un recurso de amparo a la Sala Constitucional dado que David Bonilla Solís, en su condición de Presidente del CCPJ se negó u omitió entregar una serie de documentos solicitados por este servidor. Una vez cumplido el plazo legal de 10 días hábiles se interpuso el recurso por violación a los derechos constitucionales contemplados en los artículos 27 y 30 de nuestra carta magna.
Sin embargo, no es la primera vez que dicho comité omite entregar información de interés público, pues a principio de año, también se les interpuso un recurso de amparo por la misma razón donde la Sala condenó al CCPJ a entregar la información solicitada y a la Municipalidad de Pérez Zeledón al pago de daños, costas y perjuicios.
En la primera solicitud de información se dio a conocer el despilfarro de fondos públicos utilizados en la compra de servicios de alimentación para 645 personas pero que solo pudieron comprobar que al menos 50 personas asistieron a la actividad, además de que no están sesionando las dos veces por mes que la ley 8261 les obliga y una serie de irregularidades en las asambleas para nombrar los 5 puestos por sectores.
Este CCPJ y en especial su presidente han demostrado una gran incapacidad de ejercer sus puestos y de trabajar de manera transparente y altruista en pro del bienestar de las juventudes del cantón, tanto así que la primera asamblea para nombrar a una persona en la vacante de representantes de organizaciones juveniles las 16 ONG´s que participaron votaron nulo como acto de repudio a la pésima gestión del Comité.
Convocan a una segunda asamblea para nombrar a la persona y a esta no asiste ni una sola persona. Esto demuestra que hay un completo rechazo de parte de las personas jóvenes hacia el actuar que ha tomado el CCPJ y al poco alcance que ha tenido su gestión.
Es lamentable que se desperdicien fondos públicos cuando el sector joven requiere de políticas públicas, programas y proyectos para su desarrollo integral. Actualmente nos encontramos construyendo la nueva política pública de juventudes y la reforma a la ley general de juventudes por lo que es de suma importancia la participación de todos los sectores de juventud.
Instamos una vez más al CCPJ de Pérez Zeledón a trabajar de la manera más eficiente posible, a cumplir con la ley y a buscar las soluciones de los verdaderos problemas que enfrenta nuestro cantón. Y le solicitamos al Concejo Municipal que para el periodo 2019-2021 sean responsables en la elección de la nueva persona que asumirá la presidencia del CCPJ, que dejemos de lado los nombramientos por conveniencia o teñidos de colores políticos y que piensen en el bienestar de la población joven del cantón que tanto lo necesita.
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