Desde hace más de un año se ha venido trabajando en la Asamblea Legislativa en una propuesta de ordenamiento de las retribuciones adicionales al salario base en el sector público, lo que popularmente se conoce como pluses salariales.
Lo que se pretende, con el apoyo de varias fuerzas políticas de distinto signo, incluyendo a la bancada de Gobierno, es atender las advertencias que desde hace varios años han emanado tanto de la Contraloría General de la Republica, como de otros estudios de expertos entre los que se incluye el Estado de la Nación, los cuales señalan que el crecimiento y el desorden en esta materia, amenazan tanto el funcionamiento del aparato estatal como la adecuada prestación de los servicios públicos. Además de lo anterior, no hay justificación alguna para las profundas diferencias de ingreso existentes entre funcionarios que desempeñan las mismas tareas, dependiendo de la Institución. Ello es inclusive contrario a nuestra Constitución Política que establece que a igual trabajo, igual salario.
El proyecto en cuestión, se encuentra en su primera fase de discusión, en una Subcomisión la cual deberá rendir un informe a la Comisión de Asuntos Sociales, por lo que el texto sustitutivo que se dictamine, deberá ser nuevamente publicado en la Gaceta y podrá ser enriquecido con los aportes tanto de otros diputados, como del Gobierno de la República y los diversos movimientos sociales, que en su momento deberán ser convocados por esta Comisión.
Entre los objetivos planteados se destaca la concepción de que el Estado es un patrón único y consecuentemente que las disposiciones en esta materia deben guardar patrones similares. Es por ello que se propone unificar las disposiciones que aplicarán a la creación, modificación y reconocimiento, de las remuneraciones en dinero adicionales al salario base; propiciar la equidad, la razonabilidad, la eficacia y eficiencia en la gestión pública y, equiparar el auxilio de cesantía en las instituciones públicas.
La propuesta va dirigida a todo el sector público, entendiendo por ello los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, el Tribunal Supremo de Elecciones, sus órganos desconcentrados y sus órganos auxiliares; las entidades autónomas y semiautónomas; las empresas públicas del Estado y las corporaciones Municipales. Se exceptúa de la aplicación de esta ley los bancos públicos del Estado, los entes públicos no estatales y las empresas públicas que participen de forma directa en cualquier actividad abierta del régimen de competencia, pero solo en lo relativo a dicha actividad.
Lamentablemente, circulan una gran cantidad de mitos o información distorsionada sobre esta iniciativa, que repito, será presentada y discutida con los trabajadores del sector público, tanto sindicatos como otras organizaciones. Es sin embargo oportuno aclarar una vez más que la propuesta no contempla la creación del salario único ni la eliminación de incentivos. El objetivo es precisamente regularlos especialmente en los que se refiere a anualidades, dedicación exclusiva, carrera profesional, disponibilidad y zonaje. No es cierto que se eliminan las convenciones colectivas, asunto que nunca se ha planteado y que además es un derecho laboral consagrado en la Constitución Política y en la Ley. Lo que sí hace el proyecto es establecer un tiempo prudencial de negociación así como la obligación de las partes de denunciar la finalización de una Convención un mes antes de su finalización.
Un tema importante es la evaluación del desempeño sobre la que ya ha venido trabajando el Servicio Civil. Se parte del criterio de que las calificaciones que se toman como referencia para la promoción de la carrera administrativa no deben ser de carácter subjetivo ni estar sujetas a las preferencias personales de ningún jefe de área. Ello no solo perjudica el servicio público sino que desvirtúa el carácter técnico que debe ser propio de la Administración Publica.
Por todo lo anterior, es incorrecto mal informar a los trabajadores otorgándoles una versión totalmente alejada de la realidad y además, haciéndoles creer que el proyecto se aprobará mediante un procedimiento abreviado y a golpe de tambor. Nada más alejado de la verdad.