Sobre el proyecto de impuesto a personas jurídicas

Nuestro Partido ha sido consistente al enfrentar, con todas las armas que le otorga la Ley y el Reglamento de la Asamblea Legislativa, la voracidad estatal de obtener recursos a costa de empobrecer a la población.

La extracción de dineros producidos con enormes dificultades y limitaciones por trabajadores y empresarios, para satisfacer las ilimitadas necesidades estatales, requiere límites, frenos y acciones para poner en cintura al aparato estatal.

Hasta la saciedad hemos esperado prudencia y reclamado acciones de contención en el gasto público, pero lejos de ello, más bien estamos ante la presencia de otro acto más de despojo de los recursos que tanto necesitan aquellas personas que creyeron que, al constituir una sociedad de cualquier tipo, les iba a resultar positivo.

El proyecto 19.818 es otra muestra más de la forma en que el Estado pretende castigar especialmente a aquellos pequeños emprendedores de menores ingresos, a través de la extracción de sus mínimos recursos. No votaremos este proyecto, ni otros, que pretendan aumentar los impuestos.

Estamos convencidos que los impuestos bajos son el mejor incentivo para reducir la evasión fiscal y que por lo tanto, no es elevando impuestos existentes ni resucitando impuestos desechados por la Sala Constitucional como se reactiva la economía del país.

Hemos además insistido, a lo largo de estas dos semanas, que este proyecto de ley presenta varios problemas, como el cobro de un impuesto del 15% (63.630 colones) del salario base mensual (424.000 colones), según el artículo 2 de la ley 7337, a sociedades que no tienen ninguna actividad comercial y que representan el 80% de las personas jurídicas inscritas y el 66.4% del monto total recaudado, según la estimación potencial de recaudación del departamento de Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa.

Por otra parte, el artículo 2 del proyecto de ley indica que el hecho generador del impuesto sobre las personas jurídicas inscritas, ocurre el 1 de enero de cada año, y que el hecho generador de las personas jurídicas que se crearen en el futuro, será al momento de su presentación mediante  la escritura constitutiva  al Registro Nacional. Esto último debe revisarse porque entre el momento de la presentación y el momento de  la inscripción pueden ocurrir circunstancias que dejen el trámite suspendido o que abandonen la idea de constituir la sociedad, lo cual implicaría un enriquecimiento sin causa para el Fisco.

Cuando en el ejercicio de la autonomía de la voluntad, varias personas deciden unirse y constituir una persona jurídica, entonces se realiza la respectiva asamblea y se levanta la documentación legal por el Notario quien da formalidad al acto, y así los interesados cubren los respectivos cargos, montos o impuestos representados en los diferentes timbres y derechos de registro; así como la realización de las publicaciones de rigor. Además, ahora se realiza un cobro también para la legalización de los libros. Esto sin tomar en cuenta el costo de honorarios que esa acción implica.

El constituir la sociedad conlleva pagarle al Estado y otras instituciones sumas significativas de dinero que, desde su inicio, deben asumir los interesados en la misma. Todos conocemos que su costo total oscila entre los $500 y los $1000, y que ahí se incluyen sumas importantes de cargas impositivas establecidas por diferentes leyes que asignan costos especiales dependiendo del capital social con que se constituyan.

Pregunto, ¿no es la misma situación que ocurre –pero sin tales costos- con la inscripción de las personas físicas en el regitro civil? o ¿es que podríamos un día sospechar en la posibilidad de que se impongan cargas tributarias sobre la mera existencia de las personas físicas?

Cargar con tributos a estas entidades por su mera existencia es grosero, es sacarle la plata a la gente para satisfacer la voracidad fiscal del Estado, el cual muy poco o nada, ha dado muestras de contención en el gasto.

El hecho generador de este nuevo impuesto, es inaudito, para calificarlo de la manera más comedida. Recordemos que para constituir e inscribir sociedades, y con ello que entonces existan, ya sus dueños pagaron, y bastante; y ahora, se pretende que para que sigan existiendo las constituidas y las nuevas o por constituir, también se pague.

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