
En el mes de junio del año pasado escribíamos que era una “vergüenza monocrática” que no se hubiese resuelto la Acción de Inconstitucionalidad pendiente desde ya varios años, cinco para ser exactos.
El criterio de las diferentes instancias del estado ha sido emitido, Procuraduría General de la República incluida, e incluso ya hoy se incorpora como parte de la normativa la Opinión Consultiva hecha por el gobierno de la República a la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, con Sede en Costa Rica, donde este órganismo internacional se manifesta sobre la protección a los derechos patrimoniales de quienes conviven en uniones de hecho de personas del mismo sexo.
El Control de Convencionalidad lo han estado ejerciendo las instancias administrativas, según dicta la norma, y reconociendo los derechos que desde el punto de vista administrativos corresponde.
Quedan pendientes temas como el matrimonio igualitario, reconocimiento de las Uniones de Hecho, y los derechos que implican, con su seguridad jurídica incluida, para las personas que conviven como parejas, con compañeros del mismo sexo.
Es obligación del estado, tal y como lo establece la Constitución Política, garantizar a los ciudadanos de la República, todos por igual, una justicia pronta y cumplida, y que se garantice una igualdad a todos los ciudadanos, sin excluir a nadie por sus preferencias, o condición.
Los Honorables Magistrados de la Sala Cuarta, con el letargo que han manejado esta Acción, han vulnerabilizado los derechos de un amplio sector de la población.
La situación jurídica de muchos, tanto por temas de derechos patrimoniales, el derecho de poder visitar a la pareja en casos de enfermedad, y que la familia se oponga, tomar decisiones relacionadas a temas de salud, e incluso en temas migratorios, donde la ley exige que para poder solicitar una residencia debe de haber un reconocimiento de la Unión de Hecho por parte de los Tribunales de la República, está en suspenso.
Hay daños graves tanto de orden patrimonial, como psicológico y moral.
Se está manteniendo a un segmento de la población como ciudadanos, o habitantes, sin parte del ejercicio pleno de sus derechos.
Estos temas son de primer orden para los interesados que han acudido a las instancias judiciales para hacer valer sus derechos, sin importar si son pocos o muchos, para que el estado tutele los derechos que hay en disputa y se diriman como en buen derecho corresponde.
Los temas pendientes, hoy es imposible llegar a regularlos mediante el voto en el Congreso; las posiciones contrapuestas, continúan con los ánimos acervados luego de una campaña política que caldeó los ánimos como pocas veces se vio en décadas, y el margen de acción es poco.
Los Honorables Magistrados al asumir el ejercicio de su cargo, al momento de ser juramentados, juraron el cumplir su deber, y en este tema en particular, nos están debiendo.
Hay un deber que cumplir, hay una obligación, no solo moral, sino que legal, mediante la cual deben de proceder a conocer la Acción planteada, y ajustar el derecho local, con los compromisos adquiridos por el estado costarricense por tratados y convenios internacionales, sin dejar de lado resoluciones de la Sala misma.
Transcribimos nuevamente las palabras del Juzgador, al resolver la solicitud de reconocimientos de la Unión de Hecho Castro-Zamora, que su claridad de pensamiento da cátedra: “Es un deber del Juez ejercer el control de convencionalidad entre las normas juridicas internas en asocio y consideración de convenios internacionales debidamente ratificados, y en lo que respecta a derechos humanos … el deber del Juez aplicar Fuentes del Derecho en atención a los casos sometidos a su jurisdicción que venga a sustentar su norte el principio de la Dignidad Humana.”
Señores Magistrados, ¡cumplan con su deber!
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