Como es público y notorio, el funcionamiento de la Asamblea Legislativa y su desempeño como órgano encargado de legislar sobre los asuntos de interés nacional, deja mucho que desear. Varias son las razones de esta situación pero posiblemente la más importante es el hecho de que las disposiciones del Reglamento Legislativo actual, permiten demoras innecesarias y abusos que entorpecen en forma dramática su buen funcionamiento. Ejemplo de ello es que el promedio de votación de un proyecto de ley ronda los 750 días naturales con el agravante de que durante los últimos años el problema ha ido en aumento.
Eso quiere decir que la mayoría de las iniciativas de ley, desde que son presentadas a la corriente legislativa, hasta que finalmente se logra su votación, atraviesan durante más de dos años una serie de procedimientos y trámites. Eso, cuando se logra su votación, porque muchas de ellas, quedan empantanadas en la corriente legislativa sin que se tome un acuerdo definitivo sobre su aprobación o archivo.
Dado que el problema cada día se hace más angustiante para la calidad de nuestra democracia y para la eficacia y eficiencia que la ciudadanía espera de sus representantes electos popularmente, es que la semana pasada presenté un proyecto de reforma al Reglamento de la Asamblea Legislativa, específicamente al artículo 131, el cual pretende ponerle un plazo perentorio de seis meses a la votación en primer debate a los Proyectos de Ley que se presentan a conocimiento de la Asamblea Legislativa independiente de que dicha votación sea positiva o negativa.
Esta Reforma no es nueva. Otras iniciativas han perseguido el mismo objetivo, pero quienes la adversan aducen que ello limitaría las facultades de los diputados. Nada más alejado de la verdad.
La reforma Reglamentaria de 1962 que dio origen a las Comisiones Permanentes Ordinarias tuvo como propósito que fuera en el ámbito de estas comisiones, donde se discutiera ampliamente el contenido y la oportunidad de los proyectos. A lo largo del tiempo se han ido creando además otras comisiones de carácter especial permanentes y otras destinadas a resolver asuntos específicos en un plazo perentorio. Asimismo, la reforma a los Artículos 137 y 138 ha permitido que los diputados no miembros de dichas Comisiones puedan introducir cambios una vez que el proyecto ha sido dictaminado. Es por ello que este Proyecto no limita de ninguna manera, las facultades de los legisladores pero sí contribuye a evitar los abusos que entorpecen la toma de decisiones oportunas.
Una de las quejas más frecuentes de la ciudadanía es la tardanza con que se concretan los asuntos necesarios para la solución de los problemas. El mejor ejemplo de lo que sucede, es el caso de obras de infraestructura que dependen de préstamos, expropiaciones o permisos que deben pasar por la Asamblea, esto por no citar otros asuntos de carácter ético como lo fue la Fertilización in Vitro cuyo caso tuvo que ser resuelto por los tribunales internacionales o por los asuntos relacionados con el ordenamiento del empleo público cuya discusión fue imposible de continuar.
El respeto a las minorías es un principio fundamental de nuestro sistema democrático, pero ello no constituye una licencia para obstruir las decisiones de la mayoría que se rige bajo la fórmula de “gobierno de la mayoría con participación de la minoría, dentro de un régimen de libertad e igualdad” (sentencia 990-92 de la Sala Constitucional). En nuestro Parlamento este principio está siendo atropellado cuando el Reglamento permite que un solo diputado puede, mediante mociones y uso abusivo del tiempo, detener un proyecto de ley e impedir su votación.
Lo que perseguimos es que los proyectos sean votados independientemente de si es en forma positiva o negativa. Continuar permitiendo la posposición de decisiones fundamentales es hacerle el juego a sectores políticos empeñados en distorsionar el verdadero sentido de la democracia. De continuar por ese camino, no solo estaremos retrasando el desarrollo del país, sino que estaremos desconociendo el valor de los procesos electorales y las decisiones que toma la ciudadanía respecto de sus preferencias políticas.
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