La Normas Internacionales de Información Financiera, (NIIF) para PYMES es una disposición que fue creada para entidades de tamaño mediano y pequeño, clasificación que encaja perfectamente a la mayoría de las empresas de nuestro país.
Para la aplicación de la NIIF para Pymes, las empresas deben cumplir con la definición de pequeña y mediana empresa que establece dicha norma en su Sección 1, cuya excepción principalmente consiste en excluir a aquellas empresas que tienen la obligación pública de rendir cuentas y/o publican estados financieros para usuarios externos. La norma establece una obligación de rendir cuentas, si la empresa emite instrumentos de deuda o patrimonio que se negocian en un mercado público o estén en proceso de hacerlo; o si una de las principales actividades de la compañía es mantener activos en calidad fiduciaria para un amplio grupo de terceros como por ejemplo las entidades supervisadas por la SUGEF, SUPEN, SUGEVAL y SUGESE.
Si comparamos las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) Completas y la NIIF para PYMES, éstas últimas resultan mucho menos complejas en lo que respecta al tratamiento de ciertas transacciones, el volumen de revelaciones es significativamente menor y su lenguaje es más amigable.
Entre las principales diferencias entre las NIIF Completas y la NIIF para Pymes en cuanto a tratamientos contables están los siguientes:
NIIF Completas | NIIF Pymes | |
Reconocimiento de gastos | Los costos de préstamos se pueden capitalizar como activo, así como los costos de desarrollo si cumplen con ciertos criterios. | Los costos de los préstamos y los costos de desarrollo se llevan directamente a resultados, no se pueden capitalizar. |
Activos no financieros y “goodwill” | Se permite seleccionar para los activos fijos e intangibles entre el modelo de costo o el de revaluación. | Solo se puede optar por el modelo de costo. |
Para los activos intangibles de vida indefinida y “goodwill” no se permite aplicar amortización, y anualmente se requieren pruebas de deterioro de valor. | Todos los intangibles se pueden amortizar, no existe la división entre activos intangibles de vida indefinida o finita. Solo se hace análisis de deterioro si hay indicios de éste. | |
Para las propiedades de inversión se da la opción de valorarlas al costo o al valor razonable. | La opción es valorarlas al valor razonable, si el mismo puede ser determinado sin incurrir en un costo o esfuerzo indebido. | |
Instrumentos financieros | Establece un modelo de pérdidas crediticias esperadas y no de pérdidas crediticias incurridas. | No ha introducido el concepto de pérdidas crediticias esperadas. |
Arrendamientos | La mayoría de los arrendamientos que previamente se clasificaban como operativos y se registraban como gastos de alquiler, ahora se deben registrar como un activo por derecho de uso y un pasivo por arrendamiento. | Se mantiene básicamente lo que indicaba la NIC 17, de mantener la clasificación entre arrendamientos operativos y financieros |
Las empresas están en libertad de valorar si para sus efectos le sería conveniente trasladarse de las NIIF Completas a la NIIF Pymes, considerando en principio si cumplen con la definición de pequeña y mediana empresa que establece la Sección 1, y posteriormente evaluando el impacto en sus estados financieros y revelaciones.
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