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Ley del empleo público

La ley del empleo público se aprobó en el gobierno anterior. El reglamento a esta ley es lo que está pendiente. Como muchas leyes y reglamentos, algunas leyes y algunos reglamentos tienen que aprobarse en diferentes gobiernos de turno.

Como el procedimiento para cualquier ley, esta ley ya fue discutida y aprobada. Hasta el FMI estuvo pendiente de su aprobación y ahora está conforme con que por fin se haya aprobado una ley como ésta. Sólo hay que ponerla en práctica. Sin excepciones.

No se vale que empiecen otra vez todas las instituciones públicas a declararse nuevamente como repúblicas independientes y, menos se vale que los tres poderes de la República les sigan la corriente, terminando por aprobar excepciones para todas las instituciones públicas con los argumentos sin fundamento que utilizan siempre y, porque como siempre, estos tres poderes son juez y parte cuando les conviene.

La ley del empleo público es un éxito. Claro, como todas las leyes hechas por nuestros diputados de turno, son bastante defectuosas. Sin embargo, ésta ya pasó hasta el filtro de la Sala IV.

Si queremos ayudar, con el reglamento correspondiente a esta ley, se pueden complementar otras muchas cosas.

El tema del empleo público no es un proyecto de ley. Ya fue proyecto de ley desde el gobierno anterior.

Pero esta ley del empleo público ya fue aprobada desde el gobierno anterior y es la única nueva ley vigente en esta materia.

Los artículos de opinión aquí publicados no reflejan necesariamente la posición editorial de EL MUNDO. Cualquier persona interesada en publicar un artículo de opinión en este medio puede hacerlo, enviando el texto con nombre completo, foto en PDF de la cédula de identidad por ambos lados y número de teléfono al correo redaccion@elmundo.cr, o elmundocr@gmail.com.

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