
El hombre que no paga la pensión alimentaria a quien corresponda va a la cárcel; porque así dicta la ley, para evitar el problema en buen tico, se usa el refrán: “en guerra avisada no muere soldado”.
Un recluso que trabaja sin ser explotado por su condición, debería recibir su salario repartido en tres partes, siendo la primera para el Estado que lo mantiene, la segunda para su familia, y la tercera para él al salir de la cárcel para que no reincida en el delito cometido y por ende no regrese.
El que no paga la pensión alimentaria, con más justicia; debería trabajar y devengar un salario, que; a diferencia de los otros emolumentos, debería ser entregado en su totalidad a la familia demandante, por consiguiente el infractor tendría la posibilidad, una vez saldada la deuda; de poder salir del penal y emendar el rumbo de su vida.
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