La Ley de los Colegios Profesionales

Sin pretender la defensa de los funcionarios públicos cuestionados por no estar colegiados, opinamos que es un abuso; obligar a los profesionales a afiliarse a los colegios respectivos, so pena de ser sancionados, además de no permitirles de ejercer su labor en la administración pública.  Si el motivo de los Legisladores, autores de la Ley, ha sido la fiscalización y relativa comprobación de los títulos, en el caso específico de los médicos, existe en Costa Rica el Ministerio de Salud, que no le quepa duda a nadie, es por ley el único rector de la salud; que desde luego, comprende a todos los trabajadores y las trabajadoras del sector.

Otro ejemplo puede atribuirse a que los títulos que otorgan las Universidades basten para ejercer la profesión, como sucede actualmente en la empresa privada.

Los colegios profesionales; con todo el respeto que se merecen, son asociaciones gremiales, parecidas a los sindicatos y no deberían de existir.

Finalmente, añadimos que las certificaciones “millonarias” y los costos de matrícula y pago de materias, de casi todas las universidades privadas son abusivas. “Verba volant, scripta manent”. Ni modo.

Los artículos de opinión aquí publicados no reflejan necesariamente la posición editorial de EL MUNDO. Cualquier persona interesada en publicar un artículo de opinión en este medio puede hacerlo, enviando el texto con nombre completo y número de identificación al correo redaccion@elmundo.cr

Los artículos de opinión aquí publicados no reflejan necesariamente la posición editorial de EL MUNDO. Cualquier persona interesada en publicar un artículo de opinión en este medio puede hacerlo, enviando el texto con nombre completo, foto en PDF de la cédula de identidad por ambos lados y número de teléfono al correo redaccion@nuevo.elmundo.cr, o elmundocr@gmail.com.

Últimas noticias

Te puede interesar...

[tipocambiocompra]
[tipocambioventa]

Últimas noticias

Edicto