La idea de instaurar una nueva Constitución Política costarricense, plantea un tema de suma relevancia en la actualidad nacional. Y esto es así, porque resulta innegable que estamos ante algo más que conjunto de normas fundamentales, estas no solo enmarcan los fines jurídicos del sistema donde convivimos, sino que, además, define los principios y valores vitales de nuestro Estado constitucional, democrático y social de, en donde se ejerce un control en el ejercicio del poder público, por lo tanto, su modificación o actualización, sin duda, estará sujeta a innumerables debates.
Vivimos tiempos de cambio, la sociedad actual, es diferente a la de décadas atrás, por lo tanto, resulta obligatorio que la Constitución responda a los problemas, necesidades, principios y valores actuales, la transición debe ir en paralelo a los cambios de la vida social, no debe haber un rezago en el tiempo que provoque un estancamiento y desencadene en un rompimiento del orden constitucional, por ese motivo la adecuación debe ser voluntaria, y funcionar así como una válvula de escape a tensiones políticas acumuladas en el sistema y de esa forma, salvar posibles golpes de estado o rupturas constitucionales violentas.
Podríamos afirmar que la sociedad costarricense se encuentra en el momento idóneo para reformar la constitución, donde hay paz y serenidad, para tomar las decisiones adecuadas, donde contamos con una madurez democrática la cual nos permite adecuar pilares fundamentales al devenir histórico.
Si se habla de una nueva Carta Magna, implica por añadidura resaltar el tema del Poder Constituyente y la Asamblea Constituyente. El primero, como esa potestad absoluta que encarna el pueblo para organizarse desde el plano jurídico-político mediante la promulgación de una Constitución Política, el segundo, como ese órgano colegiado que actúa en nombre y representación del pueblo con el propósito de reformar o dictar una nueva Constitución. Es la ciudadanía quien delega ese poder en algunas personas para su representación en esa Asamblea, la cual estaría integrada por 61 constituyentes, propuestos por los partidos políticos debidamente inscritos a escala nacional o provincial, las plazas se asignarán de conformidad con el principio de proporcionalidad, 31 serán elegidos mediante listas nacionales y 30 mediante listas provinciales.
Pero ¿cuál debe ser la esencia fundamental, vital, que debería tener una figura tan importante como la del constituyente? Por la trascendencia de la potestad que el pueblo le delega, es válido pensar que este grupo de personas deben ostentar un elemento especial, el cual va más allá de los simples requisitos establecidos como lo son, el ser costarricense por nacimiento o naturalización, tener la mayoría de edad y ser ciudadano en ejercicio.
Y es que tampoco estamos haciendo alusión de un perfil académico determinado pues la idea es configurar un grupo lo suficientemente heterogéneo sin mirar calificativo profesional alguno, evitando cualquier tipo de discriminación. El espíritu pretendido dentro de una persona integrante de una Asamblea Constituyente engloba la intención compartida hacia una actitud discursiva en búsqueda del entendimiento, el compromiso, el diálogo, para que esa participación sea lo más oportuna y eficaz posible, donde contemos con ciudadanos bien informados, con criterio, en donde prevalezca la mente abierta, en aras del avance del país y no la imposición de ideales o intereses por vía de grupos políticos, evitando que esa ambición política nuble la mente de los constituyentes. La paz y el progreso del estado costarricense debe ser el fin superior, es nuestro deber buscarla por todos los medios.
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