Defensoría para todos

» Por Lic. José Roberto Rodríguez Quesada - Exdiputado de la República

La Defensoría de los Habitantes es para protección de los derechos de todos los habitantes. No es para excluir, es para incluir respetuosamente a todas las personas; y quien sea su máximo jerarca, debe defender al ser humano de las acciones negativas de las instituciones de Estado. Debe ser proactivo, propositivo, cooperante. Ser facilitador que, con convicción probada, defienda todos los derechos humanos -los derechos constitucionales-; e igualmente velar por el cumplimiento de los deberes de los funcionarios públicos.

La Ley de la Defensoría de los Habitantes de la República, entre otros, indica:

En su artículo1: La Defensoría de los Habitantes de la República es el órgano encargado de proteger los derechos y los intereses de los habitantes.

Este órgano velará porque el funcionamiento del sector público se ajuste a la moral, la justicia, la Constitución Política, las leyes, los convenios, los tratados, los pactos suscritos por el Gobierno y los principios generales del Derecho. Además, deberá promocionar y divulgar los derechos de los habitantes.

En el 4: Podrá ser nombrada defensor o defensora de los Habitantes de la República, la persona costarricense que se encuentre en el ejercicio de sus derechos civiles y políticos, que sea mayor de treinta años, con solvencia moral y profesional de prestigio reconocidos.

El 12, reza: Sin perjuicio de las potestades constitucionales y legales de los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial, la Defensoría de los Habitantes de la República puede iniciar, de oficio o a petición de parte, cualquier investigación que conduzca al esclarecimiento de las actuaciones materiales, de los actos u omisiones de la actividad administrativa del sector público.

El Defensor de los Habitantes de la República, el Defensor Adjunto o sus delegados podrán inspeccionar las oficinas públicas, sin previo aviso y requerir de ellas toda la documentación y la información necesarias para el cumplimiento de sus funciones; las cuales les serán
suministradas sin costo alguno.

Y, también la Ley ordena que: La Asamblea Legislativa nombrará al Defensor de los Habitantes de la República, por un período de cuatro años, mediante mayoría absoluta de los diputados presentes.

– Como hemos visto, la Defensoría no es un juguete, no es un adorno. La Defensoría, similar a la Sala Constitucional, es órgano elemental e importante para la defensa de las personas. El Estado -gobiernos, instituciones, o algunas autoridades-, se creen superiores a los habitantes y a las leyes, y es ahí cuando se requiere verdaderos protectores de la población.

El Estado, los gobiernos -sus personeros- son empleados pagados por el pueblo, y LA SOBERANÍA RESIDE EXCLUSIVAMENTE EN LA NACIÓN, conforme ordena el artículo 3 de la Constitución. Esas verdades y mandamientos son frecuentemente olvidados por algunos funcionarios, y es ahí cuando es urgente la defensa de las personas contra los abusos autoritarios; es cuando necesitamos personas -como jerarcas de la Defensoría- que no tengan miedo y que sí tengan experiencias ya demostrada.

Costa Rica requiere -para la Defensoría- a una persona proactiva, propositiva y cooperante; que sea facilitador, con convicción y hechos ya probados. Sus habitantes, especialmente los más vulnerables; los que tenemos fe inquebrantable en la democracia y las leyes, creemos en funcionarios que ya han demostrado su trabajo, su quehacer público y su actitud de respeto hacia todas las personas. El mejor defensor que podemos tener es don Jose Manuel Echandi Meza, que posee amplio conocimiento de la administración pública.

Echandi Meza, es abogado -prosecretario de su Colegio Profesional-, Director Ejecutivo del Patronato Nacional de la Infancia, Gerente General de la Junta de Protección Social, y Director en Correos de Costa Rica. Además, fue diputado, siempre realizando labor de defensa de los derechos humanos. Propuso, por ejemplo: comisiones municipales para la defensa de las mujeres, iniciativas para protección de personas con discapacidad e igualmente referente a los indígenas. Impulsor y presidente de la Comisión Legislativa de Derechos Humanos.

Don Jose Manuel, asimismo fue Defensor de los Habitantes (2001-2005). Como Defensor, sin duda, demostró su vocación de servicio, su don de gentes, su humidad, su compromiso y su entrega a favor de justicia para las personas, mal atendidas por el Estado.

Las y los diputados -representantes del pueblo- deben elegir a quien ha demostrado ser un verdadero defensor del pueblo.

El Defensor debe ser persona con experiencia comprobada, con amplio conocimiento del sector público. Creyente en la primacía del ser humano respecto al estado. Ser pro personas, no pro gobiernos. Costa Rica, no necesita improvisación, Los Habitantes necesitamos experiencia demostrada.

¡La Defensoría es de y para todas las personas!

Los artículos de opinión aquí publicados no reflejan necesariamente la posición editorial de EL MUNDO. Cualquier persona interesada en publicar un artículo de opinión en este medio puede hacerlo, enviando el texto con nombre completo, foto en PDF de la cédula de identidad por ambos lados y número de teléfono al correo redaccion@elmundo.cr, o elmundocr@gmail.com.

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