Coyotes de la vivienda en Turrialba

» Por Luis Fernando Allen Forbes - Director ejecutivo Asociación Salvemos El Río Pacuare

De acuerdo a la Declaración de los Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas, el derecho a la vivienda es un derecho universal fundamental reconocido en muchos textos a nivel internacional y regional y en muchas constituciones o leyes nacionales, que supone un derecho para todas las personas a tener vivienda digna.

Pese a esa Declaración Universal, en Costa Rica la posibilidad de acceder a ser propietario de una vivienda de interés social, sigue siendo uno de los principales problemas que afectan a miles de familias, entre ellos muchos desempleados y otros sin capacidad de ahorro debido a sus bajos ingresos.

El derecho a la vivienda no es una opción política que los gobiernos escogen seguir o no seguir, es una necesidad básica de la condición humana, en ella no sólo se desarrolla la vida privada de las personas, sino también es un espacio de reunión, de convivencia, protección y cuidado de las familias y comunidades.

En muchos lugares de Costa Rica, pero específicamente en la zona de Turrialba han aparecido” representantes de la vivienda”, más bien estafadores con proyectos de vivienda que no existen y han hecho creer a los necesitados de casa, que tienen fincas en donde se van a construir proyectos habitacionales de interés social, por lo que hacen rifas, recogen cuotas, venden números con el objetivo de recaudar fondos para pagos “administrativos”.

No obstante, el destino de todos esos dineros que se recaudan con el objeto de honrar los gastos por papeleo, no se conocen a ciencia cierta cuales son,mientras tantola ansiedad, desesperación e ignorancia carcome las esperanzas de los sin casa de tener la suya propia.

También algunos líderes comunales se han comprometido con algunas familias, con el mismo cuento de resolverles el problema de vivienda pese a que saben cual es la situación fiscal del país y que adicionalmente saben de que no hay presupuesto al momento para resolver el complejo y creciente problema de vivienda.

Sin embargo la familia y su protección se han constituido en tema obligado para las autoridades correspondientes vista la creciente problematización de la convivencia familiar, sometida hoy día a presiones por el crecimiento desmedido de la “población sin vivienda”.

Segúnel artículo 51 de la Constitución Política señala que: “La familia, como elemento natural y fundamento de la sociedad, tiene derecho a la protección especial del Estado”.Adicionalmente, el artículo 65 dispuso que: “El Estado promoverá la construcción de viviendas populares y creará el patrimonio familiar del trabajador”.

Finalmente, si al estado le corresponde la creación de este patrimonio familiar, resulta elemental que también lo proteja, garantizando suficiente legislación y procedimientos rigurosos para que las casas de interés social (bonos), no puedan venderse, negociarse, o transferirse hasta que el beneficiario haya fallecido.

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