Solemos decir que los refranes populares encierran una sabiduría transmitida de generación en generación, cuya vigencia permanece a lo largo del tiempo. Tal vez esto se deba a que, más allá de los avances tecnológicos que nos han llevado desde la primera herramienta hasta los complejos sistemas automatizados de información que hoy impregnan casi todos los aspectos de la vida social, la esencia del ser humano sigue siendo la misma.
En este contexto, vale la pena recordar aquel refrán que nos repetían en la escuela: “Para hablar y comer pescado hay que tener mucho cuidado”. Esta sencilla pero profunda expresión busca recordarnos la responsabilidad que conllevan nuestras palabras.
Esta máxima, que la maestra Carranza nos hacía repetir en la Escuela Ascensión Esquivel Ibarra, en la siempre generosa ciudad de Cartago, cobra aún más relevancia en nuestros días. Considero que actualmente nos encontramos viviendo una revolución digital, una época en la que el ser humano ha extendido su capacidad de comunicar ideas y relacionarse socialmente a un mundo virtual que parece no tener fronteras.
El tema que hoy despierta mi inquietud es precisamente uno de los más relevantes de esta nueva era: la difusión de noticias falsas. Este fenómeno criminal si bien ya ha sido integrado a nuestro ordenamiento jurídico, pues ya forma parte del Código Penal, representa un cambio importante en la forma en que, como sociedad, entendemos el impacto de la desinformación.
Como parte de este ineludible proceso de adaptación ante los desafíos tecnológicos, hemos desarrollado normas para preservar la armonía social. Hoy contamos con leyes de protección de datos, regulaciones sobre el uso de la imagen, instituciones gubernamentales que vigilan los entornos digitales, y sanciones penales para conductas que afectan la sana convivencia en sociedad.
En este marco, resulta fundamental prestar atención a la difusión de noticias falsas a través de redes sociales y medios digitales. El artículo 236 del Código Penal tipifica este comportamiento como un delito de acción pública, lo que obliga al Ministerio Público a investigarlo, sin necesidad de que exista una denuncia por parte de la víctima o afectado. Este cambio es significativo: ya no se trata solo de un interés individual, sino de un interés colectivo que puede comprometer la estabilidad de todo un sistema, el Sistema Financiero.
A riesgo de ser un poco extenso propongo que leamos con atención el texto del articulo:
“Será sancionado con pena de tres a seis años de prisión quien, a través de medios electrónicos, informáticos, o mediante un sistema de telecomunicaciones, propague o difunda noticias o hechos falsos capaces de distorsionar o causar perjuicio a la seguridad y estabilidad del sistema financiero o de sus usuarios.”
Considero que la redacción de este articulo requiere ajustes en el futuro, sin embargo, su existencia como fenómeno criminal tipificado es ya un paso crucial en la identificación del problema. El sistema financiero se alimenta de información que circula en la sociedad; por ello, las distorsiones en los ámbitos político, judicial o económico pueden tener un efecto directo sobre él, afectando tanto a operadores como a usuarios.
En nuestra realidad inmediata podemos encontrar un día sí y otro también, perfiles maliciosos, algunos anónimos otros conocidos que difunden información falsa en redes sociales, sin escrúpulo alguno. Estos contenidos suelen perjudicar a empresas específicas, generando obstáculos en sus operaciones, limitaciones en el acceso a servicios financieros o incluso daños reputacionales.
Las consecuencias para las empresas afectadas suelen ser graves: reestructuraciones empresariales, despidos, pérdida de ingresos o de cartera de clientes. Todo ello, originado por la viralización sistemática de información falsa.
Por esta razón, el legislador ha decidido tipificar esta conducta como delito. Sin embargo, esto no basta. Es urgente impulsar reformas procesales que favorezcan la cooperación internacional y permitan a las autoridades acceder a evidencia digital de forma oportuna, considerando su naturaleza volátil y dinámica. Igualmente, se debe fortalecer al Ministerio Público, sensibilizándolo sobre el impacto real que estos delitos tienen en la sociedad. No resulta aceptable que casos de esta índole se desestimen por dificultades técnicas, como la obtención de pruebas desde el extranjero o los plazos para acceder a ellas, por el contrario, debe considerarse que muchas veces, estos criminales dejan rastros digitales que permiten su identificación y vinculación como responsables de los hechos.
A pesar de los desafíos y el camino que tenemos por delante, ya contamos con herramientas legales suficientes para llevar ante la justicia a quienes buscan dañar el sistema financiero mediante la desinformación.
Por eso, hoy más que nunca, debemos recordar y adaptar aquel viejo refrán:
Para postear y comer pescado, hay que tener mucho cuidado.