Aborto en el Día Internacional de la Mujer

En las últimas semanas el país se ha enfrentado a la recurrente discusión sobre derechos sexuales y reproductivos referidos a la interrupción del embarazo, producto de casos terribles de violencia sexual que se hicieron eco en medios de comunicación. Antes siquiera de entrar a discutir sobre el aborto propiamente, debemos discutir sobre la deuda del Estado en otros temas relacionados.

El Estado tiene la obligación de garantizar una vida libre de violencia y discriminación, de cualquier tipo, a todas las mujeres. Para ello, debe tomar todas las acciones afirmativas que se consideren pertinentes. Una de ellas, muy necesaria, es la de mantener en funcionamiento una educación sexual y afectiva, que tenga por base la ciencia y no la imposición de dogmas morales y religiosos por parte de quienes creen tener el derecho de imponer su visión del mundo sobre la vida en sociedad y los cuerpos de otras personas.

Más allá de estas necesarias medidas de educación y prevención, cuando existiere algún peligro, debe poder optarse por el aborto impune porque el feto no es usuario de derechos en la misma medida que la mujer. Nuestro Código Penal, en su artículo 121, establece que no es punible el aborto en aquellos casos donde se hiciere para prevenir riesgo a la vida o la salud de la madre. Este concepto de salud no puede ser interpretado de forma restrictiva y violatoria de derechos. El concepto de salud implica lo físico, mental y psicosocial.

Forzar a una mujer a llevar a término un embarazo no deseado puede poner en riesgo y degradar la salud mental. Aún más allá, obligar a una mujer, víctima de violación, a continuar un embarazo no deseado es someterla a un trato cruel e inhumano. La aplicación del aborto impune en casos de violación o incesto, es posible a través de la normativa actual, si la aplicación de dicha normativa se hace con un enfoque de derechos humanos.

El acceso al aborto, como mínimo, debe darse propiamente en casos de inviabilidad fetal o malformaciones incompatibles con la vida, violación e incesto, y no a través de una norma que puede ser, como lo ha sido, interpretada de una forma restrictiva y violatoria de derechos humanos. En una práctica verdaderamente acorde con los derechos sexuales y reproductivos el Estado debe garantizar una educación sexual y afectiva para que las mujeres puedan decidir, anticonceptivos para que no tengan que abortar y aborto legal y seguro para que no tengan que morir.

Sobre quiénes critican el aborto, solo debo recalcar que las mujeres no son un espacio público, no son propiedad colectiva, no son propiedad de los hombres. Las mujeres tienen derecho a elegir sobre sus propios cuerpos. Defender la vida no es truncar el proyecto de vida de una mujer ni obligarla a llevar a término embarazo no deseado porque la discusión sobre preservar la vida o no es irrelevante cuando la vida misma pierde la calidad digna que como seres humanos merecen.

Si usted está en contra del aborto, entonces no aborte, pero deje que las demás mujeres tomen una decisión libre e informada por ellas mismas.

Los artículos de opinión aquí publicados no reflejan necesariamente la posición editorial de EL MUNDO. Cualquier persona interesada en publicar un artículo de opinión en este medio puede hacerlo, enviando el texto con nombre completo, foto en PDF de la cédula de identidad por ambos lados y número de teléfono al correo redaccion@nuevo.elmundo.cr, o elmundocr@gmail.com.

Últimas noticias

Te puede interesar...

Últimas noticias