Padre del candidato del PAC demandó alcaldía ramonense por ₡100 millones

Alajuela, 27 ene (elmundo.cr) – En un artículo publicado por EL MUNDO el pasado 12 de enero, hicimos referencia al hecho que  aspirantes a la alcaldía ramonense o familiares cercanos tenían interpuestas demandas judiciales contra la Municipalidad de San Ramón.

El tercer caso en relación a estos hechos lo encontramos en el expediente número 18-001120-1028-CA del Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda II Circuito Judicial de San José, en el cual Braulio Montero Ramírez, padre del actual regidor Gianni Montero, elegido por el PLN, -ahora candidato del PAC-, demandó en octubre del 2018 a la Municipalidad por 100 millones de colones por daños y perjuicios.

Montero solicitó que se condenara al municipio ramonense, a ‘pagar los daños y perjuicios sufridos a raíz de la caída de que fue objeto el 1  diciembre del 2017 en una calle del cantón de San Ramón’.  Alegó el denunciante que la causa de la caída se debió al mal estado de la vía por donde transitaba, recayendo la responsabilidad en el Municipio, encargado de construir, vigilar y dar mantenimiento a las calles.

Por su parte Gustavo Andrés Barrantes Mena, en su condición de apoderado especial judicial de la Municipalidad de San Ramón manifestó que: “Ciertamente esta calle, donde se dio el suceso, no había sido intervenida en ese periodo, pero esto no se puede atribuir como una omisión a la gestión municipal sino que obedece a las programaciones quinquenales y a los presupuestos asignados para diferentes proyectos en los años anteriores”.

El representante legal de la municipalidad sostiene que las condiciones naturales de esta calle (una pendiente abrupta) así como el mal estado de la misma eran de conocimiento de Montero Ramírez, quien asumió el riesgo de caminar por dicha zona.

De tal modo que si no existe este nexo causal no puede hablarse de responsabilidad por parte de la administración. Uno de los presupuestos que rompen el nexo de causalidad, según el 190 de la Ley General de la Administración Pública, es la culpa de la víctima. Precisamente, sostiene la Municipalidad, en el caso concreto se rompe el nexo causal puesto que hay culpa de la víctima ya que Montero Ramírez estuvo en la capacidad de conocer el riesgo al que se enfrentaba y, aun así, lo asumió.

El representante legal solicitó que se declarará sin lugar el proceso abierto por Montero Ramírez contra la Municipalidad de San Ramón, que se libre a la Municipalidad del pago de costas procesales, personales, y de la indemnización por daños y perjuicios solicitados y que se condene al demandante a las costas del proceso.

Se está todavía a la espera que el Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda II Circuito Judicial de San José, fije una fecha para la audiencia de juicio oral y público para este proceso.

Últimas noticias

Te puede interesar...

488.23

494.90

Últimas noticias

Edicto