Niegan intérprete LESCO en sesiones municipales en San Ramón

San José, 03 mar (elmundo.cr) – La Asociación Agencia para el Desarrollo Accesible sin Fronteras (ADASFRO) señaló que se ha presentado formalmente una acción de inconstitucionalidad contra un acuerdo adoptado por el Concejo Municipal de San Ramón, debido a su incumplimiento reiterado del derecho a la accesibilidad comunicacional de las personas sordas, al no garantizar intérprete profesional en Lengua de Señas Costarricense (LESCO) en las sesiones municipales.

Esta acción busca dejar sin efecto un acuerdo municipal que vulnera derechos fundamentales, al permitir la realización de sesiones del Concejo Municipal sin interpretación en LESCO, lo cual excluye, discrimina y limita la participación ciudadana efectiva de las personas sordas en los asuntos públicos locales.

El ordenamiento jurídico costarricense es claro:

  • La Ley 7600 de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad obliga a las instituciones públicas a eliminar barreras de comunicación.
  • La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD), de rango constitucional, garantiza el derecho a la accesibilidad, a la información y a la participación política plena.
  • La jurisprudencia constitucional ha establecido el deber reforzado del Estado de asegurar ajustes razonables y accesibilidad universal.

A pesar de este marco legal, la Municipalidad de San Ramón persiste en mantener sesiones municipales inaccesibles, incumpliendo sus obligaciones legales y constitucionales.

Resulta especialmente grave que este incumplimiento ocurra cuando ya existen precedentes claros y positivos en otros gobiernos locales, que han demostrado que sí es posible, viable y obligatorio garantizar intérprete LESCO en las sesiones municipales. Entre ellos destacan:

  • Municipalidad de Santa Ana, pionera en la implementación de interpretación LESCO permanente.
  • Municipalidad de Desamparados, que adoptó esta medida mediante acuerdo municipal.
  • Municipalidad de Paraíso de Cartago, la más reciente en aprobar la incorporación de intérprete LESCO en las sesiones del Concejo Municipal.

Estos ejemplos evidencian que no se trata de un problema técnico ni presupuestario, sino de voluntad política y respeto a los derechos humanos.

La exclusión de las personas sordas de los espacios de deliberación municipal constituye una forma de discriminación estructural, contraria al Estado Social y Democrático de Derecho que consagra la Constitución Política.

Por ello, esta acción de inconstitucionalidad tiene como objetivo sentar un precedente nacional obligatorio, que garantice que todas las municipalidades del país cuenten con interpretación LESCO en sus sesiones, asegurando así una democracia local verdaderamente inclusiva.

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