Dos mujeres estarán al frente de la alcaldía de San Carlos

San Carlos, 16 jul (elmundo.cr) – Luego de que el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) le retirara las credenciales como alcalde a Alfredo Córdoba, dos mujeres asumirán la alcaldía sancarleña.

Según trascendió el TSE designó a Karol Salas como alcaldesa de San Carlos y a Rita Chavarría como vicealcaldesa hasta 2024.

La resolución del TSE señala:”Se cancela la credencial de alcalde de la Municipalidad de San Carlos, provincia Alajuela, que ostenta el señor Alfredo Córdoba Soro. En su lugar, se designa como Alcaldesa de ese cantón a la señora Karla Cristina Salas Vargas, cédula de identidad n.° 1-0991-0362. Se designa a la señora Rita Marlene Chavarría Mata, cédula de identidad n.° 2-0431-0845, como Vicealcaldesa primera de la misma municipalidad. Esas designaciones rigen a partir de su juramentación y hasta el 30 de abril de 2024″.

La juramentación de Karol Salas como alcaldesa del cantón y de Rita Chavarría como vicealcaldesa será responsabilidad del Concejo Municipal de San Carlos, informó San Carlos Digital. 

“El Tribunal en su jurisprudencia ha establecido que esta sentencia es ejecutiva desde su notificación y corresponde ahora al propio Gobierno Local hacer los ajustes y dinámicas administrativas para que doña Karol tome posesión del cargo”, explicó el letrado del TSE, Andrei Cambronero.

El proceso en el TSE inició desde el pasado 17 de junio cuando Karol Salas solicitó el retiro de la credencial al alcalde Córdoba.

La sentencia ordenó el retiro definitivo de Córdoba del ayuntamiento sancarleño con el voto a favor de 4 de los 5 magistrados del TSE. Una de las magistradas salvó su voto al considerar que el retiro de la credencial debía ser por el período de inhabilitación.

“Los otros 4 magistrados establecen que la norma no hace diferencia y quien aplica esa norma en este caso, los jueces electorales, no pueden hacer diferencia de forma tal que al decir la norma que se retire la credencial independientemente de su lapso, la sentencia es esa”, añadió el letrado.

Cambronero confirmó que la resolución es inapelable, es decir no hay posibilidad de que Córdoba pueda revocar la decisión del órgano electoral.

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