Alajuela, 06 feb (elmundo.cr) – Empresarios del cantón de Naranjo han manifestado su inconformidad ante el cobro de intereses aplicado por la Municipalidad de Naranjo sobre las patentes de funcionamiento correspondientes al primer trimestre del año, pese a que, según la legislación vigente, dicho período aún no se encuentra vencido y el cálculo del monto depende de la declaración del Impuesto sobre la Renta, la cual puede presentarse legalmente hasta el mes de marzo.
De acuerdo con el artículo 78 del Código Municipal, los tributos municipales —incluidas las patentes— deben pagarse por períodos vencidos. Si bien la normativa permite el pago anticipado, este tiene carácter voluntario.
El mismo artículo establece que el cobro de las patentes puede fraccionarse de forma mensual, trimestral o semestral, a criterio del concejo municipal, y que únicamente el atraso en los pagos genera multas e intereses moratorios, conforme al Código de Normas y Procedimientos Tributarios.
Asimismo, el artículo 78 faculta a las municipalidades a otorgar incentivos a los contribuyentes que, durante el primer trimestre, cancelen por adelantado los tributos o patentes de todo el año, lo cual refuerza el principio de que el pago anticipado no es obligatorio y que los intereses solo proceden una vez vencido el período correspondiente.
No obstante, según denuncian los comerciantes, la Municipalidad de Naranjo estaría aplicando intereses sin que el trimestre haya vencido, lo cual consideran contrario a lo dispuesto por el Código Municipal.
A esto se suma que el monto de la patente se calcula con base en la declaración del Impuesto sobre la Renta presentada ante el Ministerio de Hacienda, la cual, para el período fiscal 2025, puede presentarse legalmente hasta marzo inclusive, conforme a la Ley del Impuesto sobre la Renta (Ley N.° 7092).
Los empresarios señalan que esta situación genera una contradicción legal y material, ya que resulta imposible determinar con exactitud el monto de la patente antes de que exista una declaración de renta presentada dentro del plazo que la ley autoriza.
Ante esta situación, el presidente de la Cámara de Comercio de Naranjo, Carlos Alfaro, indicó que múltiples asociados han expresado su malestar por lo que consideran un cobro improcedente.
“Los asociados se quejan de que se les están cobrando intereses, a pesar de que el Código Municipal es claro en que las patentes se pagan por períodos vencidos y que la ley permite presentar la declaración de renta hasta marzo, de donde se obtiene el cálculo del monto”, señaló Alfaro.
El jerarca gremial agregó que desde la Cámara se han realizado gestiones para abordar el tema de manera institucional con las autoridades locales.
“Desde la Cámara hemos estado intentando agendar una reunión de comisión en conjunto con la municipalidad para tocar estos temas; sin embargo, hasta la fecha no se nos ha brindado una fecha. Seguimos trabajando para concretar dicha reunión, que ciertamente nos urge como Cámara”, afirmó.
El sector comercial solicita a la Municipalidad de Naranjo una revisión del procedimiento de cobro, a fin de que este se ajuste a los plazos y condiciones establecidos en el Código Municipal y en la legislación tributaria nacional, evitando la aplicación de intereses antes de que exista un vencimiento legal del período correspondiente.
Al cierre de esta nota, la Municipalidad de Naranjo no había emitido una posición oficial sobre el tema.