
San José, 9 feb(elmundo.cr)- El Tribunal Supremo de Elecciones(TSE) atendió el señalamiento presentado por el precandidato liberacionista Guillermo Constenla, sobre el acuerdo tomado por la Asamblea Nacional del Partido, de modificación del estatuto vigente para la inscripción de precandidaturas de cara a la convención del próximo 6 de junio del 2021.
“Creo que es una decisión clara y acertada del TSE, ya que hace valer el principio de seguridad jurídica al reafirmar que debe respetarse en todos sus extremos el estatuto vigente en el Partido y las resoluciones que sobre el mismo ha tomado el TSE . Queda claro que no es obligación de los precandidatos liberacionistas presentar una lista de miembros de mesa para inscribir precandidaturas en la Convención, igual que como ocurre en las elecciones nacionales”, señaló el liberacionista.
Constenla envió una observación al tribunal para dejar sin efecto la decisión tomada por la Asamblea liberacionista el pasado 12 de diciembre, que buscaba exigir que los precandidatos presidenciales presentaran una lista de miembros de mesa en todos los cantones del país como requisito para la postulación.
En resolución el TSE señaló que: “Si bien la reforma planteada al inciso e) del artículo ciento diecinueve mantiene la esencia del artículo anterior, lo cierto es que debe reiterársele al partido político que la posibilidad de proponer miembros de juntas receptoras de votos, solo puede interpretarse como un derecho de los precandidatos y de sus tendencias para que puedan contar con representación en el proceso electivo organizado por el PLN; no obstante, no podrá ser aplicado como una obligación o un obstáculo para inscribir la precandidatura”.
De acuerdo con Constenla, esa posición iba en contra del pronunciamiento 6959-E1-2016 emitido por el propio TSE en octubre del 2016, en el que establece claramente que la presentación de dicha lista es un “derecho” de los precandidatos, pero no constituye una “obligación”, tal y como pretendieron establecer las autoridades del Partido.