Pérez: Ninguna mujer tiene que morir en su proceso de embarazo

» Para la diputada “existen casos específicos donde el peligro a la vida o la salud de la mujer embarazada aumenta radicalmente, y por ende es necesario y urgente la intervención médica para interrumpir el embarazo como única solución".

San José, 11 dic, (elmundo.cr)-Así reaccionó la jefa de fracción del Partido Acción Ciudadana (PAC), Nielsen Pérez, luego de que el Ministerio de Salud enviara la norma técnica a consulta ante la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).

Para Pérez “existen casos específicos donde el peligro a la vida o la salud de la mujer embarazada aumenta radicalmente, y por ende es necesario y urgente la intervención médica para interrumpir el embarazo como única solución. Esta norma técnica nos da la claridad que necesitamos para garantizar este derecho de las mujeres a la salud y a la vida. Ninguna mujer tiene que morir en su proceso de embarazo”.

Según el artículo 121 del Código Penal, la aplicación de la norma técnica únicamente puede darse bajo cuatro condiciones:

1. El consentimiento de la mujer.

2. Que sea practicado por personal médico u obstetra.

3. Con el fin de evitar un peligro para la vida o salud de la madre.

4. Sólo cuando ese peligro no haya podido ser evitado por otros medios.

Para la bancada oficialista no se trata de una lista taxativa de las causas en las que procede la interrupción del embarazo según el artículo 121 del Código Penal, pues los datos de la CCSS evidencian que los embarazos ectópicos, las corioaminiotis, y las molas hidatiformes constituyen, por la alta frecuencia con que se presentan, las motivaciones más comunes en esta temática

Aunado a esto, aseguraron que esta norma técnica define reglas claras para establecer responsabilidades al personal médico y proteger la vida y la salud de las mujeres, manteniéndose dentro de lo autorizado en el artículo 121 del Código Penal y sobre la base de la evidencia científica en cada situación.

Por otro lado, de acuerdo con el presidente de la República, Carlos Alvarado, “este documento técnico no crea ni modifica ninguna ley de la República. La norma brinda una serie de lineamientos con los pasos a seguir cuando se identifica esta situación descrita en el artículo 121. Pretende dar seguridad jurídica y técnica al personal profesional en salud de nuestros centros médicos, así como garantizar los derechos y la vida de la mujer».

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