Corte IDH ordena a Perú abstenerse de liberar a Alberto Fujimori

San José, 9 abr (elmundo.cr) – La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), con sede en Costa Rica, ordenó a la República de Perú, abstenerse de liberar al ex presidente de dicha nación, Alberto Fujimori.

Para la Corte IDH “los hechos relativos a las Sentencias de los casos Barrios Altos y La Cantuta constituyen graves violaciones a los derechos humanos. Alberto Fujimori fue condenado por los delitos de homicidio calificado y lesiones graves en perjuicio de las víctimas de los casos Barrios Altos y La Cantuta, y se calificaron dichos delitos como “crímenes contra la humanidad según el Derecho Internacional Penal””.

“Según la información proporcionada por el Estado y los representantes, la jurisprudencia peruana es pacífica en torno a la posibilidad de la revisión constitucional de la facultad discrecional de emitir un indulto por parte del Ejecutivo. Por tanto, era de esperarse que el Tribunal Constitucional analizara, en el marco del proceso de hábeas corpus, la procedencia o no del indulto teniendo en cuenta la naturaleza de los delitos por los que fue condenado Fujimori, situación que no fue observada en la sentencia del Tribunal Constitucional de 17 de marzo de 2022”, agregan.

Ante esto señalaron que, la decisión del Tribunal Constitucional de Perú “no efectuó una ponderación que tomara en cuenta la afectación que tiene el indulto por graves violaciones a los derechos humanos en el derecho de acceso a la justicia de las víctimas y sus familiares”.

“La decisión que (la Corte-IDH) tome será implementada por el Estado de la manera más pronta posible”, aseveró  el procurador Carlos Miguel Reaño, el abogado del Estado peruano.

Por su parte, Elio Rivera manifestó  Canal N. Que, “lo tomamos con mucha sorpresa, con mucha preocupación por el hecho que no se hayan tomado en cuenta todos los alegatos y documentos presentados”, asimismo agregó que “no se ha analizado el tema de la documentación médica con mayor profundidad. Estamos consternados por la forma de resolver. Indica que nos debemos de abstener a cumplir una sentencia del Tribunal Constitucional, (la Corte-IDH) está dejando de lado la autonomía del Tribunal peruano”.

“Nos sentimos más tranquilos y respaldados. El sistema interamericano marca en realidad las líneas consecuentes en materia de derechos humanos y hay una obligación de Estado peruano de cumplirla”, dijo a la AFP Gisela Ortiz, hermana de una de las víctimas de una matanza por las que fue condenado Fujimori”, indicaron.

Cabe señalar que, según se desprende del documento “la Corte determina que la sentencia emitida por el Tribunal Constitucional el 17 de marzo de 2022, que restituye los efectos al indulto a favor de Alberto Fujimori, no cumplió con las condiciones determinadas por este Tribunal en la Resolución de supervisión de 30 de mayo de 2018. En esta medida, en tanto dicha sentencia es contraria a lo establecido por este Tribunal al interpretar y aplicar la Convención Americana, el Estado debe abstenerse de implementarla en cumplimiento de sus obligaciones convencionales”.

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