Ley señala que partidos políticos deben seguir disposiciones del Ministerio de Salud durante la pandemia

San José, 25 feb (elmundo.cr) – La Ley N 9934, de Ahorro para la campaña política de 2022: reducción de la deuda política y para facilitar los procesos de renovación de estructuras partidarias, señala que se deben seguir las disposiciones del Ministerio de Salud para la realizar eventos propios del proceso electoral.

En el transitorio XIV- Actividades partidarias que impliquen aglomeración de personas, la ley dicta:

“Durante la vigencia del decreto de emergencia declarado por la Covid-19, las asambleas y actividades de los partidos políticos se podrán realizar tanto en forma virtual como presencial. En este último caso, deberán seguirse las disposiciones y los lineamientos que emita el Ministerio de Salud en cuanto a las regulaciones de apertura y aforo de reuniones, en virtud de la emergencia”.

Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) comunicó que recibió una consulta, sobre el criterio de Salud ante el proceso de elecciones distritales de Liberación Nacional.

“El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) recibió este jueves 25 de febrero la consulta formulada por el Comité Ejecutivo Superior del Partido Liberación Nacional (PLN) referida a sus procesos electorales internos en el contexto de la actual pandemia. La solicitud está en estudio de la Dirección General del Registro Electoral del TSE, en donde se atenderá con la prioridad que las circunstancias ameritan”.

Liberación Nacional comunicó a sus partidarios que suspenderá de forma temporal el inicio del proceso interno, debido al criterio del Ministerio de Salud.

«Sería muy poco prudente e incluso temerario por parte de los actores involucrados, proceder con la actividad electoral en las dimensiones previstas en las «distritales», razón por la cual consideramos que las mismas no se deben ejecutar», señala el documento emitido por Salud.

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