San José, 17 abr (elmundo.cr)-La empresa Frutera La Paz exportó piña “orgánica” desde el 2013, pero fue hasta el 2016 que se registró ante el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) como procesadora de piña orgánica.
De acuerdo con el exdirector del Servicio Fitosanitario del Estado (SFE), Francisco Dall’Anese, el registro es un requisito indispensable para que un producto pueda ser considerado como orgánico.
“Todo lo que es orgánico, sino está bajo la tutela del SFE, está por fuera de la Ley”, afirmó Dall’Anese
Asimismo, el director ejecutivo de la Cámara Nacional de Agricultura Orgánica,Oscas Salas, condena este tipo de acciones y pide que se respete el Reglamento de Agricultura Orgánica que es de acatamiento obligatorio para cualquier empresa que pretenda exportar orgánico.
“El artículo 88 dice: “Solo las personas físicas o jurídicas cuyas fincas, industrias o establecimientos estén inscritos en los correspondientes registros de la Acreditación y Registro de Agricultura Orgánica (ARAO) podrán cultivar, producir, elaborar, envasar, comercializar o almacenar productos con la denominación orgánica”, concluyó Salas.