
Redacción, 4 abr (elmundo.cr) – El estadio Alejandro Morera Soto fue vetado con un partido, por el lanzamiento de objetos contundentes que impactó a un jugador en el terreno de juego.
Es decir, Alajuelense no podrá recibir en su estadio a CS Herediano por el partido correspondiente a la jornada 18 que será el próximo sábado 15 de abril.
El Tribunal Disciplinario de la Federación Costarricense de Fútbol dio a conocer las sanciones recibidas luego de finalizada la jornada 16 del Torneo de Clausura 2023.
A continuación se detallan las sanciones interpuestas:
LD Alajuelense• Al club: una multa de 200.000 colones, de conformidad con el artículo 72 inciso 2, por el lanzamiento de objetos contundentes que no impactaron a ninguna persona dentro del terreno de juego.
•Al club: una multa de 300.000 colones y el veto de uso del estadio Alejandro Morera Soto para el próximo partido de local, de conformidad con el artículo 72 inciso 3, por lanzamiento de objetos contundentes (moneda de cien colones) que impactó a un jugador dentro del terreno de juego.
•Al club: una multa de 100.000 colones, de conformidad con el artículo 73, inciso 1, por la invasión de aficionados al terreno de juego.
•Al club: una multa de 100.000 colones, de conformidad con el artículo 55.2 inciso c), por permitir el ingreso de objetos no permitidos (bombas de humo), por primera ocasión en la temporada.
•Al club: una multa de 100.000 colones, de conformidad con el artículo 55.2 inciso r), por permitir el ingreso de objetos no permitidos (extintores), por primera ocasión en la temporada.
•Al club: una multa de 500.000 colones, de conformidad con el artículo 71, por los conflictos ocasionados por la afición local después de finalizado el partido.
•Al jugador Rashir Parkins Harris: un partido de suspensión y una multa de 75.000 colones, de conformidad con el artículo 35, por haber acumulado su quinta tarjeta amarilla durante el presente campeonato.
AD Guanacasteca• Al club: una multa de 150.000 colones, de conformidad con el artículo 55.2 inciso c) del Reglamento Disciplinario, por permitir el ingreso de objetos no permitidos (bombas de humo), por segunda ocasión en la temporada.
Sporting FC• Al Club: una multa de 200.000 colones, de conformidad con el artículo 32 inciso 1, al ser la sexta ocasión en la temporada en que el club incurre en conducta incorrecta (cinco o más tarjetas en un mismo partido).
CS Cartaginés• Al jugador Dylan Flores Knowles: un partido de suspensión y una multa de 75.000 colones, de conformidad con el artículo 35, por haber acumulado su quinta tarjeta amarilla durante el presente campeonato.
AD Santos• Al jugador Jhamir Ordain Alexander: un partido de suspensión y una multa de 75.000 colones, de conformidad con el artículo 35, por haber acumulado su quinta tarjeta amarilla durante el presente campeonato.
•Al club: una multa de 200.000 colones, de conformidad con el artículo 32 inciso 1, al ser la quinta ocasión en la temporada en que el club incurre en conducta incorrecta (cinco o más tarjetas en un partido).
CS Herediano• Al jugador Fernán Faerrón Tristán: tres partidos de suspensión y una multa de 125.000 colones, de conformidad el artículo 37 inciso 3, por ser culpable de conducta violenta al patear a un adversario y configurarse la agravante de no encontrarse en disputa el balón.