Fútbol Nacional

Monto en dietas para dirigencia de Saprissa en 2024 equivalen a pagar 30 meses de salario de Elías Aguilar

El Deportivo Saprissa destinó en el 2024 un total de ₡31.246.000 al pago de dietas para los integrantes de su junta directiva, según el Informe de Auditores Independientes y Estados Financieros Consolidados al 31 de diciembre de 2024, elaborado por la firma Grant Thornton.

Ese monto anual —destinado a remunerar la asistencia a sesiones de la junta— equivale, en términos futbolísticos, a 30 meses del salario que Elías Aguilar pactó con el Club Sport Herediano en 2023, cuando regresó al equipo, suponiendo que el contrato aportado refleja la totalidad del dinero que el club rojiamarillo le pagó.

De acuerdo con la resolución del Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) sobre un caso que involucró al jugador y al club chino Changchun Yatai FC, Aguilar firmó el 3 de abril de 2023 un contrato laboral con Herediano, válido del 1.° de junio al 31 de diciembre de ese año, con una remuneración mensual de ₡1.000.000.

Contraste de cifras

Si se proyecta ese salario mensual, el total pagado en dietas durante el 2024 alcanzaría para costear dos años y medio del vínculo laboral que Aguilar tuvo con Herediano.

Este contraste evidencia la magnitud de los recursos que Saprissa destinó a su cúpula administrativa durante el último año reportado, en comparación con el costo de un jugador que ha sido figura en el campeonato nacional.

El caso Aguilar en el TAS

El monto del contrato de Aguilar salió a la luz en el laudo arbitral que el TAS emitió el 8 de mayo de 2025, en Lausana, Suiza, relacionado con una apelación que el futbolista presentó contra la decisión de la Cámara de Resolución de Disputas de la FIFA del 31 de agosto de 2023.

En ese fallo, la FIFA rechazó la demanda del jugador contra el Changchun Yatai por la rescisión unilateral de una supuesta relación laboral. Aguilar alegó que, aunque no se firmó un contrato formal con el club chino, existían pruebas y documentos que demostraban una relación laboral y un despido improcedente, por lo que solicitaba una indemnización con base en el artículo 17 del Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores (RETJ).

Tanto la FIFA como el TAS desestimaron su reclamo y confirmaron que no procedía el pago solicitado.

Esta es la actual junta directiva que consta en el registro.

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Edicto

Yo MARIA CECILIA BONILLA GAMBOA, número de identificación 1-0329-0230, solicitante del Certificado de depósito a plazo, emitido por el BANCO NACIONAL DE COSTA RICA, oficina de SAN PEDRO MONTES DE OCA, que se detalla a continuación:

Tipo de título (CDP o cupón): CUPON
Número de título valor: 400-02-080-129313-1
Monto: $18.70
Fecha de emisión: 26/07/2024
Fecha de vencimiento: 28/07/2025

Título(s) emitido (s) A LA ORDEN, a una tasa de interés del 3.66 %.
Solicito reposición de este documento por causa de EXTRAVIO.

Se publica este anuncio por tres veces consecutivas para oír reclamos de terceros, por el
término de quince días.

Emitida en SAN PEDRO, el 29 de julio del 2025.
BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

Código: RE01-PR29CP01