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Marcel Hernández: “Ya es hora de que se sepa la injusticia que vivo con esta situación”

» El abogado del jugador explica todos los pormenores que se han dado en el caso de Marcel Hernández a nivel judicial

San José, 24 de enero 2021.(elmundo.cr).- Marcel Hernández es directo sobre su caso judicial: “Ya es hora de que se sepa la injusticia que vivo con esta situación”.

La defensa del jugador cubano, Marcel Hernández, explica todo lo sucedido hasta el día con respecto al proceso judicial que lleva el delantero de Alajuelense.

Raymundo Pérez, abogado de Hernández, explica por medio de un video todos los detalles de este caso, son cerca de 14 minutos donde comenta cada paso que lleva el caso. Según el defensor, “el caso de Marcel es una injusticia tremenda”.

Este viernes el Tribunal Penal de Cartago resolvió por segunda vez que la sentencia de sobreseimiento no esta bien fundamentada por los jueces decisores y han devuelto el expediente al Juzgado Penal donde tendrá que ser conocido nuevamente por otro juez.

Luego que dos jueces (un hombre y una mujer) determinaran en dos análisis diferentes que el caso no debe ser elevado a juicio debido a la falta de contundencia en las pruebas presentadas.

¿Cuál es la argumentación del juez para devolver el caso a audiencia preliminar?

Esta vez el juez se decantó por acoger los recursos con vista en que la duda, que según él, plasmó su jueza en la resolución, no tenía las características de insuperable o por lo menos si las tenia, la jueza no ahondó en ese particular, ósea no dijo porque la duda que se generaba con el análisis de toda la prueba era insuperable, por ese pequeño resquicio boto una muy buena resolución, realmente bien fundamentada, bien profunda, bien prolija que hizo la jueza penal y por esa razón otra vez mandan el asunto al Juzgado Penal, algo le rescato al juez que es que por lo menos hizo buena disertación  sobre el principio de independencia judicial porque el Ministerio Público y el INAMU pretendían que el juez de apelaciones mandará el asunto a juicio, como si eso fuera jurídicamente posible, entonces él dijo que solo el Juez Penal en su independencia puede decidir si el asunto tiene mérito o no para ir a juicio. De modo que, dicho de forma coloquial, no le marcó la cancha al juzgado Penal.

¿Es cierto que existen unas conversaciones de whatsapp donde para ustedes queda en evidencia que quien buscó el acercamiento no fue Marcel sino la supuesta víctima?

Efectivamente, ese es un tema bien importante y hay que ponerlo en su justa dimensión, y lo he dicho en sus audiencias, nadie sale ileso de leer esos whatsapp, son 25 páginas seguidas de mensajes interminables en por lo menos 10 días, incluso el día del primer y segundo hecho que ella denuncia, hay documentación, conversaciones, que desacreditan radicalmente lo que la menor en su momento denunció, era una menor de 16 años y un poco, casi 17 para el momento en que ocurrió el hecho.

Uno hubiese esperado desde el punto de vista del principio de objetividad que debe tener especialmente el Ministerio Publico porque el INAMU es una militancia diferente, que la fiscalía hubiera solicitado el sobreseimiento, por lo menos de los delitos de violación que quedan totalmente desacreditados, y yo entiendo y estoy de acuerdo además con eso, que no podría trascender a la prensa por lo que significaría para la víctima, y yo aunque nos ha perjudicado como nos ha perjudicado, sobre todo a Marcel, jamás expondría a ninguna víctima pero sí podríamos hablar de lo que hay en el whatsapp, hay conversaciones que incluso un especialista (porque uno puede pensar que la idea mía esta sesgada por ser el defensor, pero por eso la defensa trajo a un especialista en el análisis forense del discurso) concluyo que “es un lenguaje romántico, coloquial, entre personas que tienen una relación”, pero si usted lee la denuncia son hechos grotescos donde media violencia, y entonces es aquí donde las pruebas técnicas, especialmente los dictámenes médico forenses (uno que hizo la corte y otro donde pedimos un experto que ampliara ese dictamen), el tema es que no son congruentes los hallazgos médicos con la historia por medio de la cual llegaron ahí, te lo ejemplifico fácilmente, si vos pones una denuncia ante tribunales de que fuiste golpeado por una turba, de que te golpearon con una barra de metal en la cabeza y el dictamen medico encuentra un rasguño en la mano, entonces no hay congruencia entre lo que usted relato en su historia y lo que el medico encontró, y eso ocurre en este caso, así tal cual se lo estoy planteando.

¿Ya dos jueces valoraron esa prueba y llegaron a la misma conclusión?

Eso es muy importante, ningún observador es imparcial, cada uno lleva toda su visión de mundo a rendir un dictamen o a valorar un objeto, uno pensaría, bueno en el primer caso era un juez hombre que hizo una resolución buena, quizás le faltó profundizar, pero la segunda fue una mujer y hace una excelente resolución, y aquí permítame decirle otra cosa, no hay sentencia perfecta, a cualquiera le va a faltar algo, pero las sentencias se analizan en su totalidad, en su conjunto, si la única prueba o la piedra angular de este proceso es la declaración de la víctima que ha sido desacreditada con prueba técnica y con unos mensajes que ella misma dijo de forma espontánea, no hay ninguna prueba que pueda incorporar al debate que cambie la realidad del proceso, por eso estamos en ese limbo, porque cada juez que ve dice que esto no puede subir a juicio, como va a subir a juicio si la única prueba, la más importante ha sido notoriamente desacreditada, y eso es lo que nos llena de frustración, y entonces uno dice, cómo es que una persona como Marcel que tiene todos sus derechos constitucionales y del derecho internacional de Derechos Humanos, sobre cómo debe tratarse a una persona cuyo principio de inocencia está intacto, saliendo jerarcas en redes diciendo que cómo van a absolver a un violador, son cosas realmente muy duras, y que deterioran la imagen de una persona, la destruyen, y esa destrucción no es reversible, aunque lo absuelva ese daño es permanente. Y entonces también la persona se siente como que la atacan por todas las redes pero no puede decir nada, entonces yo creo que a través de la defensa hay que decirlo, el caso de Marcel es una injusticia tremenda, desde el punto de vista jurídico los sobreseimientos están bien fundamentados, ahora, tenemos un tema de política criminal, de ideología del proceso y eso es lo que nos tiene acá, no hay otra cosa.

¿Considera usted que hay una responsabilidad del Ministerio Público al no ser objetivo con el proceso?

Yo eximo de toda responsabilidad a los funcionarios que llevan la inmediatez de la causa, a los que están nombrados dentro de este proceso, porque ambas instituciones, tanto del Ministerio Público como del INAMU, tienen jerarquías muy marcadas, ellos en realidad no pueden tomar decisiones sin consultarle a la fiscalía de género en este caso, y en el caso del INAMU la compañera no puede tomar decisiones sin la aprobación de los jerarcas de la institución, pero entonces resulta que la política de persecución penal de la fiscalía de género es a ultranza, vamos a perseguir hasta el final, a apelación, a casación, aunque la prueba no alcance para condenar a una persona, esto es lo que me parece a mi grotesco, tienen las herramientas legales, ellos pueden apelar todas las veces, le voy a poner un ejemplo, si este asunto fuera a juicio y absuelven a Marcel en debate porque el tribunal encontró que no existe ninguna forma de culpar por los delitos que lo acusaron, la fiscalía va a apelar esa sentencia, y si el tribunal de apelación confirma la sentencia van a ir a casación, ósea estamos hablando de 3 a 4 años más en este proceso, para una persona inocente, además los gastos que esto implica, ya no quedan jueces en Cartago casi que nos puedan resolver, nos han resuelto 8 jueces, lo que implica además gasto que son del erario público en el momento económico en el que estamos, vamos y venimos y quien está padeciendo todo es el imputado.

Y como le digo, yo creo en la justicia de género, yo creo en las causas de las mujeres y en la desigualdad, creo que hay una cifra terrible de mujeres agredidas sexualmente que no se atreven o no pueden a denunciar, y a mi me parece fantástica y justificada la existencia de ambos organismos, pero en el caso de Marcel se les paso la mano, es injusto, la prueba es monumental, no es que hay una duda famélica, es una duda de bulto es un alud la prueba de descargo que hemos traído al proceso y que desacredita los delitos de violación que le están atribuyendo, entonces ahí es donde uno dice que esto ya no es jurídico, es de otra naturaleza.

¿En la acusación se acusan 4 delitos de violación y 1 relación consentida?

Este caso es especial, hay una denuncia inicial, llegando a la audiencia preliminar, después de que transcurrió toda la investigación y parecen los whatsapps que es una prueba tremenda, anómala, rara en un caso de estos, casi nunca aparece algo así, entonces te das cuenta que los whatsapps son tan diferentes, desacreditan tanto, tiran por tierra todo lo que declaró la muchacha en su denuncia, que el Ministerio Público la trae otra vez al proceso y la entrevistan las dos profesionales del INAMU y del Ministerio Público, y le preguntan de qué son esos whatsapps, y la muchacha se sostiene que ella no consintió ninguna relación, ósea que sí fueron las violaciones que ella declaró, entonces uno dice que ante esa realidad el Ministerio Público va a acusar las violaciones, ¿porque entonces acusan relaciones diferentes?, la única explicación lógica es que no le creyeron lo que les dijo, por eso hicieron una acusación subsidiaria que es posible porque la ley procesal lo prevé, pero que al mismo tiempo en lugar de robustecer la teoría del caso la debilitó, al punto de que tuvieron que formular una acusación totalmente diferente para decir, bueno sino lo condenan por una, lo condenan por la otra, sin importar el derecho de defensa, imagínese cómo afecta eso el derecho de defensa que si nosotros quisiéramos salvarlo de las violaciones que no cometió, tendría que declarar que tuvo relaciones consentidas, con lo que se estaría auto incriminando por el otro delito, eso ata de manos al imputado, no se puede defender de dos propuestas absolutamente incompatibles, eso es lo que está pasando en el caso de Marcel.

¿Cómo se siente Marcel después de la resolución?

Si bien, los derechos de la víctima son muy importantes y deben ser tomados en cuenta, no se puede olvidar que la persona más vulnerable y que lleva todo el peso del proceso penal, es el imputado, yo sé que eso no es popular, la gente entiende que los imputados dañan a la sociedad,  pero la situación de la delincuencia es cualquier persona, la más honorable podría verse perseguida en un proceso penal, porque existen muchísimos delitos; de tributación, de dinero, etc,  entonces todos tenemos la aspiración de que si llegamos a ser imputados se nos respeten nuestros derechos y todos podríamos serlos en cualquier momento, entonces por supuesto que Marcel está frustrado, él tiene familia, no ve a su mama hace más dos años, y no puede salir, es realmente duro, hay que sentarse en el drama del humano sometido a un proceso penal, eso no puede olvidarse, entonces le pongo un ejemplo, cuánto duraron los expresidentes Don Rafael Ángel Calderón y Miguel Ángel Rodríguez para poder volver a salir, a dar alguna opinión en prensa, después de que los absolvieran, duraron una década o más, eso es realmente grotesco, el sistema penal es duro, es inhumano, es salvaje y eso hay que ponderarlo. 

 

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Yo MARIA CECILIA BONILLA GAMBOA, número de identificación 1-0329-0230, solicitante del Certificado de depósito a plazo, emitido por el BANCO NACIONAL DE COSTA RICA, oficina de SAN PEDRO MONTES DE OCA, que se detalla a continuación:

Tipo de título (CDP o cupón): CUPON
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Monto: $18.70
Fecha de emisión: 26/07/2024
Fecha de vencimiento: 28/07/2025

Título(s) emitido (s) A LA ORDEN, a una tasa de interés del 3.66 %.
Solicito reposición de este documento por causa de EXTRAVIO.

Se publica este anuncio por tres veces consecutivas para oír reclamos de terceros, por el
término de quince días.

Emitida en SAN PEDRO, el 29 de julio del 2025.
BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

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