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Zapatón conformó su Instancia Territorial de Consulta Indígena

San José, 31 jul (elmundo.cr) – Los indígenas Huetares de los diferentes sectores del territorio de Zapatón eligieron en asamblea abierta, el pasado viernes 26 de julio, a los seis miembros propietarios y seis suplentes de la Instancia Territorial de Consulta Indígena (ITCI) de Zapatón.

Este proceso fue posible gracias a la coordinación y trabajo conjunto con la Asociación de Desarrollo Integral del territorio quien apoyó para realizar un proceso abierto y participativo, en el cual se logró tener la representación de personas indígenas de cada sector del territorio.

Pamela Ruiz, integrante de la ITCI de Zapatón somentó que “me parece muy importante porque así todos tenemos voz y voto de los futuros proyectos que vengan del gobierno hacia nuestro territorio y así poder dar visto bueno”.

La Instancia Territorial de Consulta Indígena es la entidad que funciona en conjunto con el Ministerio de Justicia y Paz, a través de la Unidad Técnica de Consulta Indígena, para gestionar administrativamente los procesos cuando alguna institución tenga el interés de desarrollar un proyecto que afecte directamente a los territorios o su integridad cultural.

El rol de la Instancia es fundamental para la implementación del Mecanismo de Consulta Indígena porque es la figura representativa del territorio que va a atender el criterio para decidir cómo, cuándo y a través de qué proceso se va a realizar la consulta en su respectivo territorio y para cada proyecto.

“Desde la Unidad Técnica de Consulta Indígena, estamos trabajando en el marco de la implementación del mecanismo general de consulta de los pueblos indígenas y en esa línea de trabajo, realizamos hoy la primer asamblea abierta para elegir a la Instancia Territorial de Consulta Indígena en el territorio de Zapatón”, mencionó Kathy Piedra, funcionaria de la Unidad Técnica de Consulta Indígena.

La instancia de Zapatón es la cuarta instancia que se conforma de los 22 territorios que construyeron el Mecanismo de Consulta Indígena, a través del Mecanismo se podrá llevar a la práctica el derecho a dar su consentimiento, el cual tiene base en el convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Siempre en el tema de territorios indígenas, el Ministerio de Justicia y Paz presentó recientemente en conjunto con el Viceministerio de la Presidencia en Asuntos Políticos y de Diálogo Ciudadano, una solicitud al Consejo Superior Notarial para que al momento de llevar a cabo cualquier tipo de escritura pública, carta venta, u otro tipo de acto notarial, se cumplan minuciosamente los estudios pre escriturarios de rito en relación con la aplicación de la ley indígena (No.6172). Dicha solicitud acogida por el Consejo e informada a los notarios y notarias del país.

A su vez, el Consejo Superior Notarial dispuso sumar los siguientes alcances:

-Recordar a la comunidad notarial su deber de velar por el cumplimiento de la normativa en todos los actos que realizan y que -en el caso particular de actos pre escriturarios-, se les insta a ser particularmente diligentes cuando se involucren leyes especiales”

-Destacar que la Dirección Nacional de Notariado vela permanentemente porque los notarios cumplan la normativa y con ese fin se han tomado diferentes acciones para concientizar, como lo son la adopción- mediante acuerdo 2019-003-007 de las nuevas Políticas de Fiscalización Notarial; la realización de congresos y conversatorios, los avisos cortos en las redes sociales institucionales, entre otros.

Estas disposiciones se proponen en aras de no violentar lo estipulado en los artículos 2 y 3 de la Ley indígena, que declaran propiedad de las comunidades indígenas las reservas mencionadas (territorios indígenas), por lo tanto deben ser inscritas en el Registro Público a nombre de las respectivas comunidades indígenas (artículo 2).

Con estos lineamientos será posible fortalecer la gestión del Gobierno en tres vías: mejorar los mecanismos que propicien el respecto de los derechos colectivos de los pueblos indígenas, garantizar un avance más efectivo en el delicado proceso de la recuperación de tierras indígenas en conjunto con el Plan RTI del INDER y el cumplimiento de las medidas cautelares MC-321-12, del 30 de abril del 2015, establecidas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para los pueblos indígenas de Salitre y Térraba.

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