Vence plazo para presentar declaración de Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales

» El incumplimiento acarrea multas pecuniarias de hasta cien salarios base y el bloqueo registral de la sociedad.

» La Circular DPJ-002-2026 eliminó la posibilidad de utilizar poderes especiales para este trámite.

San José, 30 abr (elmundo.cr) – Este jueves 30 de abril es la fecha límite improrrogable para que las personas jurídicas y estructuras inscritas en Costa Rica presenten la declaración ordinaria anual 2026 del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales (RTBF) ante el Banco Central de Costa Rica (BCCR).

La obligación, fundamentada en la Ley N.° 9416, alcanza a sociedades mercantiles, fideicomisos privados, organizaciones sin fines de lucro, asociaciones, fundaciones y sucursales de sociedades extranjeras. El objetivo es identificar a las personas físicas que, en última instancia, poseen o controlan estas entidades.

El trámite debe realizarse exclusivamente a través de la plataforma Central Directo https://www.centraldirecto.fi.cr, utilizando la firma digital costarricense vigente del representante legal.

Cambio clave: Adiós al poder especial

Un aspecto crítico para este periodo es la entrada en vigencia de la Circular DPJ-002-2026 del Registro Nacional. A partir de este año, se eliminó la posibilidad de delegar la presentación del RTBF mediante un poder especial, una medida que estuvo vigente anteriormente por una cautelar.

Ahora, ante la imposibilidad de utilizar dicho mecanismo, la única alternativa legal es otorgar un poder generalísimo debidamente inscrito en el Registro Nacional. Esta situación afecta especialmente a inversionistas extranjeros y representantes no domiciliados que carecen de firma digital, quienes deben gestionar este instrumento legal con antelación.

Sanciones por incumplimiento

La omisión en la presentación de esta declaración conlleva consecuencias severas:

  1. Multa pecuniaria: Equivalente al 2% de los ingresos brutos del período fiscal anterior, con un mínimo de tres y un máximo de cien salarios base.
  2. Bloqueo registral: El Registro Nacional no emitirá certificaciones de personería jurídica ni inscribirá documentos de las entidades omisas, lo que paraliza trámites como compraventas, hipotecas y nombramientos.
  3. Responsabilidad notarial: Los notarios públicos están obligados a consignar en sus certificaciones si la entidad se encuentra en condición de incumplimiento.

Las autoridades instan a los obligados a verificar la vigencia de sus firmas digitales y el estado de cumplimiento en la plataforma oficial, recordando que el RTBF es una herramienta fundamental en la lucha contra la legitimación de capitales y el fraude fiscal.

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