
San JosĆ©, 18 ago (elmundo.cr) – La diputada del Partido Acción Ciudadana (PAC), Paola Vega, lamentó la condena impuesta a los culpables de los femicidios de Allison Bonilla y Luany Salazar.
“Los casos Allison y Luany han tenido penas totalmente injustas. Juzgadas como homicidios simples. Estas son las realidades que cambiarĆ”n con el nuevo marco legal de femicidio que acabamos de aprobar. Por la memoria de ambas. Mi solidaridad absoluta con sus familias”, escribió Vega en sus redes sociales.
El Tribunal Penal de Cartago dictó este miércoles una condena de 18 años de prisión en contra de Nelson SÔnchez Ureña, al encontrarlo responsable por el asesinato de Allison Bonilla VÔsquez, en marzo del año anterior.
SegĆŗn seƱaló el tribunal, la maƱana de hoy, SĆ”nchez UreƱa fue encontrado culpable de cometer el delito de homicidio simple debido a que los jueces no consideraron que hubiese alevosĆa y premeditación en el crimen, por lo que desecharon la solicitud de la FiscalĆa Adjunta contra el NarcotrĆ”fico y Delitos Conexos, que es la que lleva el caso, y que la semana pasada pidió una condena de 35 aƱos por homicidio calificado.
Mediante un comunicado, las familias sobrevivientes de femicidios lamentaron la “absoluta desconexión de los funcionarios judiciales con su deber de proteger a las mujeres de Costa Rica”:

El pasado 12 de agosto las diputadas y diputados, el Plenario Legislativo aprobaron en segundo debate la tarde delĀ jueves, el proyecto de ley de āFemicidio Ampliadoā, reformando por segunda vez en lo que va del aƱo, la Ley de Penalización de la Violencia contra las Mujeres de 2007 y sus Reformas.
Los cambios aprobados amplĆan el Ć”mbito de aplicación de esta ley para los supuestos contemplados en un nuevo artĆculo 21 Bis, denominado āFemicidio en otros contextosā, asĆ como, para lo establecido en el segundo pĆ”rrafo de los artĆculos 22 āMaltratoā, del 23 āRestricción de Libertad de TrĆ”nsitoā y del 27 āAmenazas contra una mujerā contemplados en esta ley.
De acuerdo con el texto del nuevo Art. 21 Bis, se aplicarĆ”n sanciones privativas de libertad de 20 a 35 aƱos de prisión contra quienes priven de la vida a una mujer por razones de gĆ©nero y, de entre tres meses a diez aƱos, en los casos en los que las conductas de maltrato, restricción a la libertad de trĆ”nsito y amenazas contra una mujer se cometan en alguno de los supuestos establecidos en el nuevo artĆculo.