Vecino de Cartago denuncia a empresa por publicitar bio arroz sin estar registrado como orgánico

San José, 21 oct (elmundo.cr) – Chistopher Abelardo Mesén Rojas, vecino de Cartago, presentó en el mes de mayo una denuncia ante la Comisión Nacional del Consumidor, en la cual demanda a la empresa El Pelón de la Bajura S.A., por publicitar la marca Bio Arroz.

Según se detalla en la denuncia, dicho producto no está registrado como orgánico ni cumple con una serie de disposiciones emitidas por el Ministerio de Agricultura y Ganadería.

Mesén hizo una serie de consultas entre ellas ante la Unidad de Acreditación y Registro en Agricultura Orgánica del MAG, quienes indicaron mediante una misiva del 9 de enero del 2024 con el consecutivo OR-AO-002-2024, que la sociedad El Pelón de la Bajura S.A. quien es dueña de la marca Bio Arroz, no están registrados como operador orgánico, ni como finca en período de transición ni como grupo de productores organizados.

En dicha nota se destaca que, al no ser operador orgánico, carece de la facultad para utilizar la denominación orgánico, tal y como se establece en el Reglamento de Agricultura Orgánica Decreto Ejecutivo 29782-MAG el cual menciona que tampoco puede utilizar la denominación genérica de “Biológico” o “Bio” por su similitud fonética y gráfica.

Cabe destacar, que dicha denuncia consta en la Dirección de Apoyo al Consumidor del MEIC y tiene auto de apertura mediante el expediente Número 2024-3031-EXP.

Mesén manifiestó que “como costarricense estoy muy preocupado porque creí que estaba comprando un producto orgánico, pero ya descubrí que no lo es”. Además agrego que “ojalá que todos los consumidores nos diéramos a la tarea de revisar lo que consumimos”.

Por otra parte, el abogado Horacio Mejías explicó que, en este caso, la ambigüedad de información está en conflicto con lo previsto en el artículo 37 de la Ley  de la Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor que señala que la publicidad de los bienes y servicios debe realizarse de acuerdo con la naturaleza de ellos, sus características, condiciones, utilidad o finalidad, de modo que no induzca a error o engaño al consumidor, como se da en este caso al utilizar una palabra que está prohibida para productos que no cumplan con lo dispuesto en el reglamento de agricultura orgánica, precisamente para no inducir a error al consumidor.

Así las cosas, la Dirección de Apoyo al Consumidor, está citando a los denunciados a una audiencia oral y privada a las 10 horas del  once de diciembre próximo en las instalaciones de esta Unidad Técnica  ubicada en San José, Cantón de Tibás, Distrito Anselmo Llorente, Oficentro ASEBANACIO.

Últimas noticias