San José, 16 mar (elmundo.cr) – La Universidad Estatal a Distancia (UNED), aclaró que “la nota titulada UNED declara a todo su personal “exclusivo y excluyente” para evitar salario global, y cuyo cuerpo de la nota indica “para así escaparse del salario global”, es completamente falsa e induce a error a la persona lectora.”
No es real que la UNED esté “escapando” o “evitando” el salario global, ya que el acuerdo del Consejo Universitario, en sesión 2951-2023, Art. III-A, inciso 9), celebrada el 09 de marzo del 2023, que la misma nota informativa menciona, tiene como finalidad, precisamente, incluir el salario global como forma de remuneración a las personas funcionarias de la institución.
El acuerdo se toma en estricto cumplimiento de la Ley Marco de Empleo Público, que establece en sus artículos 31, 32, 33 y 34, que la Metodología de valoración de trabajo, Grados dentro de las familias laborales, Clasificación de puestos de trabajo en familias laborales y grados, y Columna salarial global, deben ser establecidas por las instituciones de educación superior, al ser una Universidad pública con autonomía organizativa.
Ante la nueva modalidad de pago que será establecida por las casas de enseñanza superior, las cinco universidades públicas del país, incluida la Universidad Estatal a Distancia (UNED), trabajan en forma conjunta en la formulación del Régimen de Empleo Superior Universitario (RESU), el cual, entre otras cosas, establecerá el salario global que regirá para las universidades.
Mientras los equipos profesionales de las cinco universidades terminan con esta formulación del RESU, el Consejo Universitario de la UNED ha instruido a la Administración, en el mismo acuerdo referido en la nota, para que elabore una propuesta de salario global transitorio para el personal universitario que ingrese a la institución, bajo la vigencia de la Ley Marco de Empleo Público, como se indicó al inicio, justamente para el cumplimiento de lo establecido en la Ley.
El RESU es formulado desde el seno del Consejo Nacional de Rectores (CONARE), en concordancia con lo destacado por la Sala Constitucional en las consultas realizadas cuando entonces dicha ley era un proyecto de ley, que declaró inconstitucionalidad en algunos artículos debido a que no excluían a personas funcionarias que realizan labores propias de la actividad universitaria.
Asimismo, no se establecía que, en atención a la Autonomía Universitaria, la construcción de la familia de la columna salarial y sus características corresponde en forma exclusiva y excluyente a los máximos órganos de los entes universitarios.
“Es claro que este es un elemento esencial que afecta a la Autonomía Universitaria en relación con el funcionariado que se desempeña en la docencia, en la investigación, en la extensión social y cultural, así como aquellos funcionarios, profesionales y técnicos, que realizan labores administrativas vinculadas con la materia universitaria. De ahí que los órganos competentes para construir la familia y sus características, desde la óptica constitucional, lo hacen con independencia de las directrices y disposiciones reglamentarias que en este ámbito emita el MIDEPLAN o el Poder Ejecutivo”, dictaminó la Sala Constitucional.
Es así como en mayo del 2022, mediante oficio CNR-181-2022 del 2022, a solicitud de la coordinación del RESU y siendo la UNED la Universidad que presidía el Conare, se procede a la declaración de que “la totalidad de los puestos existentes en las universidades y el Conare se encuentran vinculados en forma exclusiva e incluyente, al cumplimiento del PLANES (Plan Nacional de la Educación Superior), de tal manera que ningún puesto podrá quedar excluido del sistema de empleo público universitario y sometido a la administración del Poder Ejecutivo”.
Por esta razón es que también el Consejo Universitario de la UNED acordó el 9 de marzo declarar a su personal, sin excepción alguna, como exclusivo y excluyente “para el ejercicio de las competencias constitucionalmente asignadas, así como para cumplir la misión, visión, objetivos y funciones encomendadas a la universidad”, no para evadir el salario global, sino para defender la autonomía universitaria consagrada en el artículo 84 de nuestra Constitución Política.