UCCAEP pide desechar proyecto de Ley de Salario Mínimo Vital

Franco Arturo Pacheco, presidente de UCCAEP.

El Presidente, de Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones del Sector Empresarial (UCCAEP), Franco Pacheco mostró su preocupación ante los diputados que conforman la Comisión Permanente de Asuntos Económicos, ante la discusión del expediente 19312. Ley de salario mínimo vital reforma de los artículos 177 del Código de Trabajo, Ley N° 2, de 27 de agosto de 1943, del artículo 16 y creación del artículo 16 bis de la Ley de Salarios Mínimos y Creación del Consejo Nacional de Salarios, Ley N° 832, de 4 de noviembre de 1949.

A criterio de Pacheco esta iniciativa aumentará los niveles de pobreza en el país al “aumentar el desempleo”, al bajar la competitividad.

Aseguró que la iniciativa elimina la fórmula tripartita por medio de la cual se realiza en la actualidad el cálculo de los incrementos salariales donde participan los empresarios, los sindicatos y el gobierno.

Pacheco indicó que la formula actual para fijar las remuneraciones,  ha generado un incremento real de los salarios de los trabajadores.

“No ganamos nada con gente ganando mucho más, pero sin empleo”, sentenció Pacheco.

La propuesta de establecimiento del Salario Mínimo Vital se fundamenta en el principio básico de justicia laboral: toda persona ocupada debe tener derecho a un salario suficiente para acceder a una vida digna.

El establecimiento del SMV como medida justa de la retribución al trabajo parte de dos principios fundamentales.  El primero, en la perspectiva de la generación de más bienestar social y mejor redistribución del ingreso; y el segundo, en la perspectiva de la necesidad de promover la reactivación de la economía real y la producción nacional.

El proyecto de ley responde a esta necesidad de reglas operativas que permitan hacer efectivo el mandato constitucional.  Se propone una norma de estimación del SMV que se basa en el cálculo del “ingreso mínimo vital” (IMV), que corresponde a la cantidad de dinero indispensable para garantizar el que las familias costarricenses puedan satisfacer sus necesidades materiales más elementales.  Así, el SMV debe corresponder a una parte del IMV, una parte que permita a un hogar promedio acceder al IMV.

La iniciativa propone que el aumento real del salario mínimo minimorum fijado por el Consejo Nacional de Salarios se realice de manera progresiva, durante un período razonable.

El artículo 16 bis de la ley en discusión establece que el  “salario mínimo vital se calculará como la división del Ingreso Mínimo Vital entre la media de ocupados por hogar calculada por el INEC con base en la última encuesta nacional de hogares disponible”.

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