San José, 19 ene (elmundo.cr) – El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) dictó una medida cautelar que ordena a la candidata Laura Fernández Delgado, al candidato Fabricio Alvarado Muñoz y al Partido Pueblo Soberano abstenerse de realizar manifestaciones públicas que impliquen un llamado al voto por ciertas agrupaciones partidarias, utilizando razones o símbolos religiosos.
La resolución del TSE, emitida el 16 de enero de 2026, también exige el cumplimiento de la medida a la Federación Alianza Evangélica Costarricense, la Asociación Templo Bíblico Internacional, el Foro Mi País, así como a los señores Reinaldo Salazar Salazar y Francisco Gamboa Soto.
La medida cautelar incluye la suspensión de la difusión del folleto “¿Por qué los cristianos evangélicos deben votar por el partido Pueblo Soberano?”. Además, se establece que las personas y organizaciones mencionadas deben instruir a los pastores sobre la prohibición de utilizar el púlpito, sitios de oración o ceremonias litúrgicas para influir en el voto de sus fieles.
El TSE tomó esta decisión tras admitir los recursos de amparo electoral presentados por Marco Antonio Morales Albertazzi y Mauricio Ordóñez Chacón. Estos recursos se relacionan, entre otros aspectos, con la presunta entrega de material propagandístico a favor de la candidata Fernández Delgado en un encuentro de pastores evangélicos el 15 de enero.
El TSE advierte que el incumplimiento de esta medida cautelar podría constituir el delito de desobediencia, según lo estipulado en el Código Electoral.