San José, 13 ago (elmundo.cr) – El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) frenó la intención del secretario general, Miguel Guillén, de calificar como delito electoral la inasistencia de los delegados de San Ramón a la Asamblea Cantonal.
Mediante opinión consultiva del 7 de agosto, el TSE le dejó claro al PLN que no existe en el Código Electoral una figura que tipifique la inasistencia como delito y no es legítimo suspender derechos de participación política como medida cautelar con fines extraprocesales.
La resolución N.° 5301-E8-2025 del TSE:
“De ese catálogo de ilícitos no se desprende ninguna regla que tipifique como hecho punible aquellas conductas que involucren la desatención de las obligaciones inherentes a los delegados a asambleas partidarias”.
Además, el TSE advirtió que suspender derechos de militancia sin cumplir con los requisitos de las medidas cautelares implicaría “transtocar y hacer nugatorio el derecho fundamental de participación política” y podría “acallar la disidencia” en procesos internos.
“La pretensión formulada por el PLN para que este Colegiado realice una valoración y emita un pronunciamiento -en ese sentido- sobre el supuesto de hecho planteado, resulta improcedente”, respondieron los magistrados.
Guillén también le consultó al TSE si el PLN puede hacer “suspensión provisional de derechos durante la tramitación de procesos disciplinarios”.
Los asambleístas de San Ramón fueron acusados por Guillén ante el Tribunal de Ética por no asistir a la Asamblea Cantonal, que por cinco veces ha tenido que ser convocada por falta de quorum. Tanto Guillén como el candidato presidencial Álvaro Ramos han calificado esta situación de sabotaje.
Los asambleístas ramonenses reclaman que desde la cúpula del partido les están imponiendo a Guillén como candidato a diputado para que los represente, por lo que han realizado una serie de manifestaciones para dejarle claro al PLN su malestar.
De esta manera, el secretario general buscaba que el Tribunal de Ética del PLN suspendiera temporalmente los derechos de los asambleístas ramonenses con tal de lograr realizar la Asamblea Cantonal de San Ramón.
A lo que el TSE respondió: “La medida planteada por el PLN -en esos términos- resultaría, por su naturaleza, improcedente e ilegítima”.