San José, 28 feb (elmundo.cr) – El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) admitió para estudio el recurso de amparo electoral presentado por tres precandidatos presidenciales del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC), quienes impugnaron los destinos que se le darán a los ¢40 millones de colones que cobró la agrupación para poder inscribirse.
Así consta en una resolución emitida la mañana de este martes por los Magistrados electorales Luis Antonio Sobrado González, Eugenia María Zamora Chavarría, Max Alberto Esquivel Faerron, Zetty María Bou Valverde y Luis Diego Brenes Villalobos.
Entre las pretensiones de Rafael Ortiz y Miguel Carabaguíaz, los dos que presentaron el recurso de amparo electoral, se encuentra que se declare que el monto de inscripción de las precandidaturas es desproporcionado y que lesiona el derecho de participación política y el principio de proporcionalidad y razonabilidad.
“Aquí lo que hemos estado defendiendo son principios fundamentales. El partido no ha sido nunca un partido de la gente de los grandes recursos y las elecciones distritales son por definición la máxima manifestación de democracia interna de un partido. Un partido que quiere crecer que sus bases se sientan motivadas que más gente se integre y regrese al partido, pues tiene que tener las facilidades, no es poniendo barreras de entrada de orden económico que vamos a generar esa motivación para que la gente participe”, explicó Ortiz.
Además, los dos socialcristianos pidieron al TSE rebajar el monto de la inscripción, suspender el cobro de la cuota de inscripción de precandidatos y, que se ordene ampliar los plazos de presentación de precandidaturas.
Esto se debe a que según Ortiz existen otras deudas que ha venido arrastrando el Partido y que con el monto que cancelen por la inscripción, se pretende saldar las mismas, sin embargo, el precandidato considera que ellos no son responsables de pagar por esas cuentas.
“Hay otras deudas que se quieren pagar con eso y yo no sé si eso procede o no y ese es otro punto que debe resolver el Tribunal, si es que un partido puede cobrar esas deudas y nosotros tenemos que pagarlas, me parece que estos son gastos ordinarios en gran parte. Entonces tampoco siento que nosotros estemos obligados a pagar eso”, comentó.
El Tribunal dio tres días hábiles al Presidente del Comité Ejecutivo Nacional (CEN) y del Tribunal de Elecciones Internos (TEI) del PUSC, para que expliquen los parámetros utilizados para determinar el monto que se cobraría como cuota de inscripción de una precandidatura a la Presidencia de la República y cuáles serían los mecanismos para regular la recaudación de contribuciones privadas de cara a ese proceso electivo interno.
