Tribunal Supremo de Elecciones anula inscripción del Partido de los Trabajadores

Héctor Moneste
Los intentos de Héctor Monestel por impedir la anulación de la inscripción del partido, no fueron suficientes.

San José, 17 ago (elmundo.cr) – El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) anuló la inscripción del Partido de los Trabajadores, pese a las gestiones hechas por su Presidente del Comité Ejecutivo, Héctor Monestel por evitarlo.

Según la resolución 5229-E3-2016 emitida el pasado 12 de agosto por parte de los magistrados Luis Antonio Sobrado González, Eugenia María Zamora Chavarría y Max Alberto Esquivel Faerron, la anulación de la inscripción electoral del partido, iniciada el 27 de abril por parte de Gerardo Abarca Guzmán, Director General a.í. del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos, quedó en firme. 

Esto por cuanto el Partido de los Trabajadores no alcanzó, en las elecciones municipales de febrero de 2016, un número de votos válidamente emitidos igual o superior a las adhesiones legalmente exigidas para formalizar su inscripción (3000 firmas).

La agrupación obtuvo 2919 votos válidos durante los comicios de febrero, por lo que el artículo 68 del Código Electoral establece que se debe anular su registro.

Hector Monestel presentó los días 4 y 5 de mayo los recursos de revocatoria y apelación en subsidio en contra de la resolución del Registro Electoral que dio inicio a la la cancelación de su registro como partido político. 

El 10 de junio del presente año, Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral, declaró sin lugar el recurso de revocatoria y admitió, para que fuera el Plenario del Tribunal Supremo de Elecciones el que resolviera la apelación en subsidio presentada. 

Finalmente, el pasado 12 de agosto el Tribunal Supremo de Elecciones dejó en firme la anulación de la inscripción de la agrupación, declaró sin lugar el recurso de apelación electoral.

Monestel afirmaba que la interpretación que hace el TSE del artículo 68 del Código Electoral “es incorrecta por cuanto la obligación contenida en esa norma (…) solo resulta razonable cuando la agrupación de que se trate participe, con candidaturas inscritas, en la totalidad de las circunscripciones electorales en disputa, sea a “escala nacional””, algo que no ocurrió en el caso del Partido de los Trabajadores y los comicios de febrero de 2016.

Los magistrados desestimaron ese argumento, afirmando que la norma textualmente establece una obligación a los partidos políticos de alcanzar o superar en las elecciones en las que participen, una cantidad de votos similar a la de adhesiones requeridas para inscribir a la agrupación ante el Tribunal Supremo de Elecciones.

“No lleva razón el recurrente cuando argumenta una aplicación errónea del órgano recurrido del artículo 68 del Código Electoral por cuanto, según lo apuntado en el párrafo precedente, la cancelación de la inscripción electoral es la consecuencia prevista por el ordenamiento jurídico para aquellas agrupaciones que, en el marco de unas elecciones nacionales o municipales, no alcancen el mínimo de votación exigido”, sostuvieron los magistrados. 

Asimismo, recordaron que es el Tribunal Supremo de Elecciones el que interpreta de forma exclusiva y obligatoria las normas electorales establecidas en la Constitución Política y las leyes.

El artículo 60 del Código Electoral establece que los partidos políticos que deseen inscribirse a escala nacional, tal fue el caso del Partido de los Trabajadores en el año 2013, deben presentar 3000 firmas de respaldo, mientras que si son partidos a escala provincial, el número de firmas será de 1000, y para los partidos cantonales, de 500.

De la anulación de la inscripción como partido político tras los resultados de febrero de 2016 se salvaron varios partidos políticos, tal fue el caso del provincial Recuperando Valores que obtuvo 2810 votos, y los cantonales Acuerdo de Alianza de Quepos que recibió 1286 sufragios y Autónomo Oromontano con 1244 votos.

El también cantonal Barva Unida obtuvo 1838 votos válidos, y finalmente, Garabito Ecológico recibió 980 sufragios.

El Partido de los Trabajadores se fundó el 1 de mayo de 12, como una agrupación de izquierda revolucionaria e ideología trotskista.

La agrupación apareció a raíz de la plataforma estudiantil Movimiento al Socialismo, liderada por Héctor Monestel y se definía “como una alternativa clasista y socialista para enfrentar la crisis capitalista”.

El Partido de los Trabajadores entre sus planes de Gobierno incluía la unificación de Centroamérica en un nuevo Estado federal, el cual pasaría a llamarse “Federación de Estados Socialistas Centroamericanos”.

Mientras participó en política, la agrupación fue crítica de los partidos Frente Amplio y Vanguardia Popular, también de izquierda, afirmando que el primero de ellos mantiene alianzas con partidos de derecha, mientras que al segundo le cuestiona su adhesión al estalinismo.

La agrupación se autodenominaba como el “único representante genuino de la clase trabajadora” frente a los demás partidos, a los que califica de burgueses y traidores.

Nota del editor: Esta noticia se actualizó el viernes 19 de agosto a las 2:53 pm en vista del derecho de rectificación emitido por el Partido de los Trabajadores, con respecto a la cifra real de votos que recibieron durante las elecciones municipales de febrero del 2016. 

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