Todo lo que debe saber sobre la entrada en vigencia de la conciliación en caso de accidente

accidente de tránsito choque

San José, 7 ene (elmundo.cr) – A partir de este jueves los conductores que tengan un accidente en carretera donde solo haya daños materiales y donde el vehículo puede continuar su travesía sin problemas mayores, podrán conciliar y evitar así que haga falta la presencia de un oficial de la Policía de Tránsito para hacer todo el proceso.

Hoy entró en vigencia oficialmente la posibilidad de conciliar en caso de accidentes menores, autorizado mediante el Decreto 39.146-MOPT, firmado el 11 de agosto del 2015 por parte de Luis Guillermo Solís y con el que las autoridades gubernamentales esperan disminuir los congestionamientos producto de los accidentes menores que al ser muchos en un corto periodo de tiempo, saturan a la Policía de Tránsito.

Para esta fecha, las aseguradoras ya debieron entregar a sus clientes una copia del formulario denominado “Declaración de Accidente Menor (DAM)”, aunque de ser caso contrario puede descargarlo desde el sitio web del MOPT, siguiendo este enlace.

 

¿Es obligado conciliar? 

No. La conciliación es un acuerdo entre las partes y si alguno de los involucrados desea que un Policía de Tránsito determine la responsabilidad en el choque, podrá hacerlo llamando a las autoridades.

¿Qué características debe tener el accidente para que se pueda conciliar? 

Solo se puede conciliar en caso de que en el accidente hayan solo daños materiales que no impidan a los vehículos involucrados movilizarse por sus propios medios. No se podrá conciliar si alguna de las partes resulta herida y requiere atención médica producto del accidente.

¿Cómo se concilia? 

Una vez ocurrido el accidente, los involucrados podrán ponerse de acuerdo sobre la responsabilidad de cada uno, ya sea que uno asuma la reparación de ambos vehículos o que cada quien asuma la reparación de su propio automotor.

Para ello, se requiere llenar el formulario DAM que se constituirá en declaración jurada.

Dicho formulario debe ser llenado con fecha, lugar, trayecto, tipo de superficie, condiciones del tiempo y datos personales de los involucrados.

Asimismo, el formulario trae un diagrama de un auto en el que los conductores deben seleccionar las áreas en las que ocurrieron los daños en cada uno de los vehículos.

Finalmente, los involucrados deberán realizar un dibujo de la forma en que quedaron ambos autos, aunque esto puede sustituirse tomando fotografías o videos.

Quiero conciliar, pero la otra persona no quiere….

En ese caso es necesario que se presente el oficial de la Policía de Tránsito.

¿Qué pasa si una de las partes que firmó el DAM incumple? 

El caso puede ser elevado por la parte afectada a instancias judiciales. Como el DAM debe ser firmado además de los conductores que se accidentaron, por dos testigos, este se constituirá en una declaración jurada que los jueces de la República tomarán como prueba para dictar sentencia.

¿Para poder conciliar tengo que tener el automóvil asegurado? 

No. Para recurrir a este tipo de conciliación no es necesario que las partes posean un seguro, pues la conciliación por esta vía lo que determina es el compromiso de una de las partes a pagar o la aceptación de ambas partes en cubrir los daños por su cuenta, por ejemplo.

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