Sociedades pagarán entre ¢63.600 y ¢212.000 anuales con impuesto a personas jurídicas

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Cuesta de Moras, 18 nov (elmundo.cr) – Luego de que la Comisión de Hacendarios de la Asamblea Legislativa diera su visto bueno ayer a revivir el impuesto a las personas jurídicas, el que este tributo vuelva a la vida es cuestión de semanas.

El proyecto de Ley de creación del impuesto a las personas jurídicas entrará a la agenda del Plenario legislativo a partir de la próxima semana. Producto de que los diputados le aprobaron un trámite expedito y especial, el mismo deberá someterse a votación en fechas determinadas.

A diferencia del anterior impuesto, anulado por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia por un error de procedimiento legislativo, con este las sociedades pagarán según sus ingresos y no por el mero hecho de ser activas o inactivas.

El texto final del proyecto que salió ayer de la Comisión de Hacendarios establece que las sociedades sin actividad económica (inactivas) o aquellas con actividad económica pero sin ingresos reportados, deberán pagar el 15% del salario base actual, es decir ¢63.600 colones al año.

Si la sociedad tiene una actividad económica con ingresos brutos de hasta ¢50.8 millones de colones, deberá pagar el 25% del salario base vigente, es decir, ¢106.000 colones por año.

Finalmente, aquellas sociedades mercantiles con actividad económica e ingresos brutos que superen los¢50,8 millones y hasta los¢118,72 millones de colones, deberán pagar el 30% del salario base:¢127.200 colones al año.

Si una sociedad reporta ingresos brutos superiores a los ¢118,72 millones, le corresponderá pagar el 50% del salario base, es decir, ¢212.000 colones.

Los recursos recolectados por este impuesto se destinarán en 90% al Ministerio de Seguridad Pública, para que sea invertido en infraestructura física de las delegaciones policiales y en compra y mantenimiento de equipo policial.

La Ley prohíbe expresamente emplear esos dineros para pagar salarios, horas extra, viáticos y transporte al interior o exterior del país, servicios de gestión o apoyo.

El restante 10% se repartirá en un 5% para el Ministerio de Justicia y Paz (MJP), para apoyar el financiamiento de la Dirección General de Adaptación Social; y el restante 5% al al Poder Judicial de la República, específicamente para que lo asigne al Organismo de Investigación Judicial (OIJ) con el fin de financiar planes contra el crimen organizado.

Esas dos instituciones también tendrán prohibido emplear los recursos en el pago de remuneraciones, horas extra, viáticos y transporte al interior o exterior del país.

EXENTAS. Los diputados establecieron dejar exoneradas de pagar el impuesto a las personas jurídicas a aquellas sociedades calificadas como micro y pequeñas empresas.

Sin embargo, para que estas puedan beneficiarse del no pago del tributo, deberán estar inscritas como MIyP (micro y pequeñas empresas) ante el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC).

Tampoco pagarán el tributo los pequeños y medianos productores agropecuarios inscritos como tales en el registro del Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG).

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