Sociedades morosas en impuesto a personas jurídicas tendrán 3 meses para pagarlo sin recargo

San José, 22 mar (elmundo.cr) – Aquellas personas jurídicas que estén morosas con el pago del anterior impuesto a las sociedades tendrán tres meses de amnistía para pagar esas deudas sin ningún recargo.

Así está establecido en la nueva Ley que aún está pendiente de ser publicada en el Diario Oficial La Gaceta.

El viceministro de Hacienda, Fernando Rodríguez dijo hoy en la conferencia de prensa posterior al Consejo de Gabinete que el Gobierno aún tiene pendiente determinar cuándo empezará y culminará dicha amnistía.

Si bien la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia anuló el anterior impuesto, por un error de procedimiento legislativo, si ordenó que los periodos durante los que estuvo vigente el impuesto se cobren, paguen y se apliquen las sanciones establecidas en esa legislación, como lo es la disolución de la sociedad y el cobro de lo adeudado a personas físicas.

La amnistía tributaria ha sido usada en otras ocasiones. La Cámara de Diputados suele aprobar con regularidad proyectos de ese tipo, con el fin de que las Municipalidades puedan recuperar los impuestos adeudados por sus contribuyentes, sin aplicarles multas ni intereses.

Aunque algunos diputados impulsaron “perdonar” esas deudas del impuesto inconstitucional, durante la tramitación del proyecto de Ley, esto se desestimó pues iba en contra de lo que ordenó la Sala IV en el fallo en que anuló el anterior tributo.

“Normalmente una Ley entra a regir cuando se publica, pero este impuesto tiene una vigencia especial de tres meses posterior a que se publica la norma. Tenemos la duda de si la amnistía entra a regir a partir de la publicación o tres meses después de que (la Ley) se publique”, explicó Rodríguez.

El jerarca dijo tener previsto que a más tardar este miércoles se tenga aclarada dicha interrogante.

“La amnistía lo que pretende es abrirle el espacio a la gente para que pague el monto del impuesto sin recargos, multas o intereses. Esto es un instrumento común, facilita a la gente ponerse al día y permite recuperar recursos de periodos anteriores que por alguna u otra razón no se cancelaron”, agregó el viceministro.

Eso sí, Rodríguez advirtió que una vez finalice el periodo de amnistía y si alguien aún debe recursos de ese tributo le serán cobrados no solo el monto que estaba vigente antes de la declaratoria de inconstitucionalidad, sino además las multas e intereses que correspondan.

Hacienda estima que aún se deben 120 mil millones de colones de anterior impuesto a las personas jurídicas que no han sido cancelados. Esa cifra no incluye multas o intereses.

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