Sectores agropecuario y pesquero contarán con régimen especial para pagar el IVA

» Por ejemplo, los productores de café, caña y los apicultores harán una declaración anual y el resto de las actividades agropecuarias y pesqueras lo harán cada cuatro meses.

San José, 1 oct (elmundo.cr)- A partir de este martes, todas las personas físicas y jurídicas dedicadas a labores agropecuarias y pesqueras pasarán a tributar mediante el nuevo Régimen Especial Agropecuario (REA).

Así lo anunciaron el presidente de la República, Carlos Alvarado; el ministro de Agricultura y Ganadería, Renato Alvarado, y el aun viceministro de Hacienda, Nogui Acosta en conferencia de prensa en Casa Presidencial.

“La formalización del sector agropecuario y pesquero es una meta que el Gobierno busca como mecanismo de apoyo para esta actividad. Por eso, era necesario comprender bien sus particularidades y ajustar la normativa a fin de permitirles cumplir con la nueva legislación”, expresó el mandatario.

En tanto, el ministro Renato Alvarado, manifestó su satisfacción por la aprobación del REA, luego de un trabajo articulado entre Hacienda y el MAG, con la participación de los sectores productivos que apoyaron el proceso con información esencial para su construcción.

“El Régimen lleva de la mano al productor para implementar el IVA de manera sencilla y eficaz, regulando requisitos de acceso, la forma de calcular el impuesto, la periodicidad con que se debe declarar y pagar, los registros que deben llevarse y la facturación, entre otros aspectos”, detalló.

Acosta Jaén destacó la complejidad y particularidades tributarias que impone la actividad agroproductiva.

“Con la aprobación de la Ley del Impuesto sobre el Valor Agregado, se abrió la posibilidad de establecer un régimen de tributación para este sector. El REA no cambia las obligaciones fiscales, pero sí permite adecuarlas a las particularidades de los procesos productivos, de manera tal que se facilite su cumplimiento”, explicó el funcionario.

El REA garantiza la trazabilidad del IVA mediante consideraciones especiales, ajustadas a la realidad productiva y comercial de los diferentes sectores. Entre otras cosas, permite utilizar la factura electrónica de compra como respaldo de la venta, llevar registros simplificados, incluyendo no electrónicos, y considerar los ciclos productivos para la periodicidad de la declaración.

Por ejemplo, los productores de café, caña y los apicultores harán una declaración anual y el resto de las actividades agropecuarias y pesqueras lo harán cada cuatro meses.

Además, los proveedores de servicios agropecuarios contemplados en el decreto también podrán acceder al Régimen, el cual es voluntario y una alternativa al régimen general del impuesto.

Para optar por las condiciones establecidas en el REA, las personas o empresas dedicadas a la producción agropecuaria o a las actividades pesqueras deben estar inscritas en la Dirección General de Tributación como contribuyentes y ante el MAG.

Los proveedores de servicios agropecuarios se inscribirán solamente en el Ministerio de Hacienda.

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