Salarios mínimos en el sector privado subirán más, si aumenta el PIB per cápita

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Empresarios, sindicatos y Gobierno suscribieron este miércoles el cambio en la metodología. Foto: MTSS

San José, 2 nov (elmundo.cr) – Un acuerdo entre Gobierno, sindicatos y empresarios permitió que se modificara la metodología empleada para fijar los salarios mínimos del sector privado.

Así lo anunció este miércoles el ministro de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), Carlos Alvarado Quesada. “Nos complace anunciar, una vez más, los resultados positivos que permite el diálogo social en una democracia como la nuestra”.

El cambio más importante a la metodología consiste en que ahora, los salarios mínimos no subirán únicamente de acuerdo con el costo de la vida determinado por la inflación, sino que también se incluirá un componente asociado al crecimiento del Producto Interno Bruto per cápita de los últimos tres años, en lugar de cinco años.

Para el componente de crecimiento del PIB per cápita, el Consejo Nacional de Salarios considerará un porcentaje de la tasa de crecimiento promedio anualizada de 3 años del PIB real per cápita, publicado por el Banco Central de Costa Rica (BCCR).

Si la tasa de crecimiento del PIB per cápita es de menos del 1%, se otorgará el 20% de esa cifra; si el crecimiento del indicador va de 1% a 2%, el salario aumentará un 25% de la cifra de la tasa, mientras que si la tasa de crecimiento es de 2% al 3%, los salarios aumentarán el equivalente al 30% de ese número.

En el caso de crecimientos del PIB per cápita del 3% al 4%, el incremento será de un 35% de la cifra; si el indicador creció de 4% a 5% el aumento sería del 40% de ese monto, mientras que si el incremento del PIB per cápita fue de 5% a 6%, el aumento a los salarios será de un 45% de ese indicador. Finalmente, si el crecimiento supera el 6%, el aumento salarial sería de un 50% de ese resultado.

Por ejemplo, si el resultado del crecimiento del PIB per cápita publicado por el Banco Central de Costa Rica es del 6%, eso influenciará en que el incremento salarial real sea de por lo menos 3%.

Los salarios también aumentarán según la inflación proyectada y para compensar la diferencia entre la inflación real y la proyectada.

Asimismo, se sustituirá a la Encuesta Nacional de Hogares por la Encuesta Continua de Empleo, como fuente estadística en la medición de la tasa de desempleo.

También se aumentó de 8% al 10% la tasa de desempleo que genera cláusula de salida en la fórmula.

Los ajustes salariales serán de forma anual, y solamente se convocará a mitad de año en caso de que la inflación al mes de mayo hubiese sido igual o superior a la meta anual de inflación que había previsto el Banco Central.

En caso de que la inflación sea negativa, la misma a la hora de aplicar la metodología se tendrá como de cero.

En el anuncio también participaron el Presidente de la Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones del Sector Empresarial Privado (UCCAEP) Franco Pacheco y el representante sindical y presidente del Consejo Nacional de Salarios, Dennis Cabezas; en compañía del Director Adjunto de la Oficina Sub regional de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), Leonardo Ferreira.

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