Sala Primera anula decreto de Administración Solís Rivera que impulsó exportación de especies amenazadas

San José, 16 nov (elmundo.cr) – Por medio de la resolución 2020-002005, la Sala Primera declaró con lugar un recurso de casación interpuesto por Fundación MarViva en contra del Decreto Ejecutivo Nº 40379-MINAE-MAG, emitido el 28 de abril del 2017, durante la Administración Solís Rivera.

El decreto establecía una reforma a la regulación de la autoridad administrativa y autoridades científicas de la Convención Internacional para el Comercio de Especies Amenazadas de Flora y Fauna Silvestres (CITES), un tratado internacional ratificado por Costa Rica, cuyo objetivo es regular el comercio internacional de animales y plantas silvestres amenazadas.

La Convención exige a cada país parte nombrar una autoridad científica, quien estará a cargo de la emisión de dictámenes que autoricen o no la exportación de especies amenazadas, así como una autoridad administrativa encargada de implementar los acuerdos de la instancia científica.

Antes de la entrada en vigencia del Decreto Ejecutivo 40379-MINAE-MAG, las autoridades encargadas de emanar los criterios técnicos e implementar medidas asociadas al comercio internacional de especies amenazadas eran el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (Sinac), como autoridad administrativa y el Consejo de Representantes de Autoridades Científicas (CRAC-CITES), como autoridad científica integrado por universidades estatales, el Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura (Incopesca), el Servicio Nacional de Salud Animal (Senasa), el sector pesquero y la representación de una organización no gubernamental.

Sin embargo, con la entrada en vigencia del ahora derogado decreto, el Poder Ejecutivo redujo las competencias del Sinac y el CRAC-CITES, al determinar que el Incopesca sería la autoridad a cargo de evaluar las solicitudes de exportación del sector pesquero con respecto a especies de interés comercial amenazadas o en peligro, tales como el tiburón gris (Carcharhinus falciformis), tiburón martillo (Sphyrna lewini, S. mokarran y S. zygaena) y tiburón zorro (Alopias superciliosus, A. pelagicus y A. vulpinus).

Esta decisión excluyó la posibilidades de participación de los sectores ambientales, académicos y de la sociedad civil, reduciendo así la oportunidad de ponderar las solicitudes del sector con criterios científicos y de conservación.

La resolución de la Sala Primera ordena la nulidad de dicho decreto, así como de todos los actos y actuaciones conexas derivadas de dicha reforma, tales como el listado de especies de interés pesquero elaborado por el Incopesca a partir de los apéndices CITES, y los dictámenes de extracción no perjudicial (DENP), emitidos durante el periodo de vigencia del decreto.

“En 2017, Fundación MarViva, representada por el abogado Mario Peña Chacón, interpuso un procedimiento ante el Tribunal Contencioso Administrativo para anular este decreto, alegando, entre otros aspectos, que en el procedimiento seguido para su elaboración y promulgación no se otorgó audiencia a las entidades y organizaciones afectadas con la reforma. Seguimos atentos a la publicación de la sentencia completa, esperando que este fallo sea un precedente importante para nuestro país en materia de la tutela efectiva del derecho a la participación pública en temas ambientales. Asimismo, es un llamado de atención a las autoridades sobre la importancia de que la política pública pesquera se base en la mejor evidencia científica, y para ello, es fundamental involucrar a las autoridades ambientales y al sector académico y de la sociedad civil en la toma de decisiones”, declaró Jorge Jiménez, Director General de MarViva.

Tan pronto la sentencia completa sea notificada, el Incopesca deberá abstenerse de emitir dictámenes relativos a la exportación de especies de interés pesquero amenazadas, ya que, por medio de este fallo, dicha potestad regresa al CRAC-CITES, para su estudio ante los diversos sectores representados en dicho órgano.

La sentencia fue celebrada por varias organizaciones no gubernamentales que luchan a favor de la conservación de la vida marina.

“Misión Tiburón aplaude la sentencia de la Sala Primera. Ahora esperamos que se apliquen las medidas necesarias para detener la sobreexplotación pesquera de los tiburones”, declaró Ilena Zanella, su directora ejecutiva.

“Desde el inicio hemos insistido en que una especie en peligro de extinción no puede considerarse jamás una especie comercial, pues viola los acuerdos adoptados en convenciones internacionales de conservación de vida silvestre”, declaró Randall Arauz, de Fins Attached.

“La explotación y comercio de las especies marinas, particularmente de aquellas que se encuentran amenazadas, debe ser supervisada rigurosamente por diversos organismos para asegurar su conservación”, declaró Jorge Jiménez, Director General de MarViva.

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