San José, 9 ene (elmundo.cr) – La Sala Constitucional emitió este martes su resolución sobre la consulta presentada por varias fracciones legislativas en torno al proyecto de la “Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico 2025”.
En su resolución, el Tribunal evacuó la consulta sobre una serie de mociones y normas de ejecución presupuestaria, contenidas en el artículo 7 del dictamen del proyecto de ley, en el cual se proponían ajustes específicos.
Tras un análisis, se declaró inevacuable la consulta respecto a las mociones numeradas del 1 al 27, así como las normas de ejecución presupuestaria correspondientes, conforme al Dictamen Afirmativo de Mayoría del expediente N° 24.535.
Sobre las normas 22 y 23, los magistrados concluyeron que no existen fundamentos para declararlas inconstitucionales, especialmente con respecto a su relación con la Ley N° 9635, conocida como la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas. En cuanto a otros aspectos relacionados con estas disposiciones, también se desestimaron los argumentos presentados.
No obstante, el Tribunal determinó que la norma 24 de ejecución presupuestaria no presenta problemas de constitucionalidad, avalando su inclusión en el proyecto de ley.
Sin embargo, la Sala identificó un vicio de inconstitucionalidad en la norma 25, señalando que excede el ámbito de la ejecución presupuestaria y contraviene lo dispuesto en el artículo 177 de la Constitución Política, al imponer un plazo al Poder Ejecutivo para presentar proyectos de presupuestos extraordinarios cuando se adquieran créditos externos.
Este punto fue respaldado por la mayoría de los magistrados, aunque el magistrado Rueda Leal presentó un voto salvado, argumentando que la consulta sobre esta norma debía ser declarada inevacuable por las mismas razones que las otras mociones.
La opinión consultiva final aún está en proceso de redacción. Una vez completada y notificada, será publicada en el sitio web del Poder Judicial, Nexus, para su consulta pública.